Baja California

Violencia de género será atendida en BC

La Red Iberoamericana Pro Derechos Humanos emitió al gobierno de Baja California más de 10 conclusiones sobre violenica de género.

por Uniradio Informa

22/05/2015 13:19 / Uniradio Informa / Baja california / Actualizado al 17/02/2023

-GobEdo tendría que responder si realizará conclusiones o se dicta estado de alerta.

Por: Esteban Merlo

TIJUANA.- Este viernes 22 de mayo, la Secretaría de Gobierno Federal respondió tanto al Gobierno del Estado como a la Red Iberoamericana de Derechos Humanos que se tiene que atender la problemática de violencia de género en Baja California. Ya sea que el Estado ponga en acción las 14 conclusiones para ello o que el gobierno federal inicie la Alerta de Género con programas y recursos para que sea una realidad.

La coordinadora en América latina de la Red, Meritxell Calderón, explicó que el Estado debe responder en 15 días si atenderá las conclusiones con un periodo de ejecución de seis meses. Esto con apoyo de la Sociedad Civil, Secretaría de Gobierno y el Grupo de Trabajo.

"Si no lo hace aplicaría la alerta y sería el gobierno federal quien vigilaría que se le dé seguimiento a las conclusiones independientemente que acepte", manifestó.

Destacó que con la atención que se daría, se evitaría que Tijuana se pueda convertir en un futuro en una Ciudad Juárez con las desapariciones y feminicidios sin resolver.

La alerta fue solicitada a finales de enero del 2015 por la agrupación, desde entonces han observado varias acciones de distintos niveles en pro de la violencia de género, desde reformas por parte del Congreso del Estado, hasta protecciones por violencia de género, como en el caso de Tijuana.

"Red Iberoamericana la solicitó el día 27 de enero, que había evidencia misógina que motiva y fundamenta una situación preocupante donde los feminicidios aumentan más, crímenes de odio más frecuentes y desapariciones casi a diario", expuso.

A continuación, las catorce conclusiones que el Gobierno del Estado tiene que decidir si realizará, de lo contrario la Federación actuaría para que se realice:

Primera:El grupo de trabajo detectó vació de información y contradicciones en los datos de violencia contra las mujeres en Baja California entre otras cosas, producto de la inexistencia de un sistema de información confiable que permita contar con las bases adecuadas para conocer y sistematizar la situación de violencia contra las mujeres en la entidad. Se informó que en marzo del 2015 se presentó en el Congreso una iniciativa para reformar la ley de acceso en este caso, que se cuenta con una base de datos pero no ha sucedido nada hasta el momento.

Segunda:El estado de Baja California informó al grupo sobre un programa de atención y prevención de la violencia familiar, sin embrago este programa no corresponde a su obligación emanada de la Ley Local de Acceso de las Mujeres: una vida sin violencia. Además es insuficiente para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres de todos los tipos y modalidades previstos por las leyes en la materia.

Tercera: Baja California no cuenta con una ley de igualdad entre mujeres y hombres, este instrumento es necesario para establecer los lineamientos y mecanismos institucionales dirigidos para promover y garantizar la igualdad sustantiva de oportunidades y trato entre mujeres y hombres.

Cuarta: El grupo de trabajo observó que Immujer no cuenta con recurso humanos y financieros suficientes para el desempeño adecuado para sus atribuciones, en consecuencia se propone dotar a Immujer de la estructura que requiere para el desarrollo de sus actividades, presupuesto y recurso humanos, materiales e institucionales para hacer una tarea eficiente.

Quinta: El grupo de trabajo observó inexistencia de una articulación entre las distintas instituciones encargadas de la prevención, atención, investigación y sanción de la violencia contra las mujeres, especialmente resulta preocupante la desarticulación entre las distintas agencias ministeriales de homicidios dolosos, delitos violentos, sexuales, violencia familiar y secuestros pertenecientes a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California. Lo anterior, repercute en el registro de casos de feminicidios y desapariciones de mujeres, entre otros delitos, en la prevención e investigación de la violencia de género así como la sanción de sus responsables.

Sexta: Según reportó el Gobierno del Estado, en la entidad existen diversas instancias que proporcionan atención a mujeres víctimas de violencia como el Centro de Atención y Protección a la Familia en Mexicali y el Centro de Atención a la Mujer de Tijuana, ambos pertenecientes al DIF, sin embargo, sólo cuentan con un albergue especializado para brindar atención a las mujeres y sus familias, el cual está a cargo de una asociación civil. No obstante, la capacidad instalada de estos centros, no logra cubrir la demanda existente. El grupo observó que el centro de atención a la mujer de Tijuana requiere de mayor infraestructura, recursos humanos capacitados y presupuesto a fin de lograr el objetivo para el cual fue logrado. El grupo considera que esta iniciativa debe replicarse a nivel estatal con presencia en todos los municipios.

Séptima: El estado no reportó la existencia de protocolos de investigación de delitos cometidos en contra de las mujeres aunado a ello, y a pesar de la existencia de tipo penales y específicos como el feminicidio y la desaparición de mujeres existe desconocimiento de su aplicación práctica e integración de sus elementos típicos por parte de las autoridades encargadas de procuración de justicia, lo que impide la adecuada aplicación e insensibiliza estos delitos.

Octava: El grupo de Trabajo observó que en el estado se dictan muy pocas órdenes de protección, ya sea porque las y los servidores públicos desconocen que cuentan con atribuciones para hacerlo o no conocen el procedimiento, el fundamento o los factores a considerar para su emisión. Además no se cuenta con el personal para su ejecución ni con un registro del número de órdenes de protección dictadas en favor de las mujeres víctimas de violencia. Se observó que no existen protocolos o vías de actuación para atender casos en lo que las mujeres se encuentren en peligro de violencia y dictar órdenes de protección. Tampoco existe análisis de riesgo.

Novena: El grupo de trabajo percibe que los servicios de atención a las mujeres víctimas de violencia no son suficientes, eficientes o eficaces, así como las instancias que los proporcionan no cuentan con las herramientas para brindarlo bajo los principios de igualdad y no discriminación. El estado no refirió algún modelo específico que estuviera implementando, sin embargo, organizaciones de la sociedad civil proporcionaron una copia del modelo de atención de la violencia contra las mujeres para el estado de baja california 2014, elaborado en el marco del programa de apoyo a las instancias a la mujer en las entidades federativas 2014.

Decima: Las y los prestadores de servicios de salud son el primer contacto con mujeres que sufren violencia aguda o crónica ya sea en los servicios de urgencia, consulta general y especializada en la modalidad de infecciones y enfermedades crónicas. Por ello, los servicios de salud son idóneos para detección y tratamiento oportuno contra la violencia. México cuenta, para ello, con la norma oficial mexicana 046 de observancia obligatoria. Durante las visitas distintas que se observó del personal que atiende el personal de gineco-obstetricia y urgencia no se encuentra adecuadamente capacitado para el cumplimiento de la norma referida ya que no realiza detecciones y referencias oportunas a los servicios especializados para este fin y se ha convertido en perpetrador de violencia obstétrica, reprimendas injustificadas humillaciones por las características socio-demográficas de las pacientes y tratos irrespetuosos. Por otro lado, el grupo considera que la presunción del ocultamiento de muertes maternas por el sector salud estatal y la dilación en las investigaciones en las muertes que resultan sospechosas en su diagnóstico, constituyen violaciones a los derechos de las mujeres.

Onceavo: La Policía Municipal y Estatal incurre en omisiones graves y prácticas discriminatorias contra las mujeres lo que refleja una notoria falta de sensibilidad sobre la igualdad de género en todos los ámbitos de la vida así como la eficiente contención que reciben en una ocupación expuesta frecuentemente a riesgos físicos, emocionales y extremos.

Doceava: El grupo de trabajo observa que existe un desconocimiento de las autoridades encargadas de la regulación y la importancia de la justicia y estándares internacionales en materia de derechos humanos, género y derecho de las mujeres para garantizar acceso a la justicia, un trato respetuoso y digno.

Treceavo: El grupo observa que las campañas de prevención en Baja California no cuenta con estrategia de comunicación social a largo plazo, se requiere mayor difusión de permanencia para garantizar eficacia y que sea dirigida no sólo a mujeres sino también a hombres. Aunado a lo anterior, las campañas no han sido dirigidos específicamente a las mujeres con mayor vulnerabilidad, pertenecientes la comunidad LGTTB, indígenas, migrantes, jornaleras, trabajadoras de maquila y trabajadoras sexuales.

Catorceavo: El grupo identificó que existe un programa de atención y recaudación para hombres que cometieron determinados delitos violentos y que se encuentran en los sistemas penitenciarios, En este sentido considera que es urgente la creación de programas específicos para la población masculina que no se limite al contexto penitenciario ni a la contención de un delito violento.