Política

Propone senador modificar el 115 constitucional

A fin de facilitar el cobro del alumbrado público en los municipios, el senador Raúl Aarón Pozos Lanz propuso adicionar un inciso d).

por Notimex

28/02/2015 13:10 / Uniradio Informa / Política / Actualizado al 17/02/2023

México 28 Feb (Notimex).- A fin de facilitar el cobro del alumbrado público en los municipios, el senador Raúl Aarón Pozos Lanz propuso adicionar un inciso d) a la fracción IV del artículo 115 de la Constitución.

Señaló que este servicio es un deber de los ayuntamientos para sus ciudadanos, el cual conlleva un costo por el aprovechamiento de energía eléctrica muy elevado, por lo que tienen contemplado en sus leyes de hacienda y de ingresos, una percepción a título de derecho por concepto de alumbrado público, el cual es cobrado a través de convenios con Comisión Federal de Electricidad.

Sin embargo, y con el propósito de evitar la triangulación de este pago, se plantea esta reforma constitucional que resolvería de manera definitiva la problemática, ya que daría respaldo en la propia Carta Magna al esquema actual de cobrar con base en el consumo de energía eléctrica mediante la CFE, comentó.

Además, destacó, se da certeza en la percepción de esos recursos municipales, facilita el pago de los derechos de alumbrado público al simplificarlo con el pago de la energía eléctrica a la empresa, al tiempo de que mantiene el esquema actual de administración de la contribución y legitima las contribuciones que siguen siendo motivo de impugnaciones en toda la República Mexicana.

Esta solución, consideró, da respaldo constitucional al esquema actual de cobro, a efecto de que a través de la modificación que se haga al citado artículo 115 Constitucional, se permita que el pago se pueda efectuar tomando como base el consumo de energía eléctrica vía CFE, lo cual garantizaría la certeza en la percepción de tales recursos de índole municipal.

El legislador priista, propuso también establecer un límite a la tasa del 7 por ciento aplicable al consumo de la energía eléctrica por cada caso, lo que permitirá que cada legislatura pueda adecuar su tasa, sin traspasar este límite, atendiendo a las causas particulares de su territorio municipal, al ingreso de sus habitantes y al tipo de alumbrado público que proporcione.