Tijuana

SAT informa sobre el monto de franquicia para el periodo vacacional

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó a través de su portal de internet la ampliación de su franquicia a 500 dólares.

por Uniradio Informa

20/11/2014 12:57 / Uniradio Informa / Tijuana / Actualizado al 17/02/2023

El Servicio de Administración Tributaria (SAT), informó a través de su portal de internet la ampliación de su franquicia a 500 dólares durante el periodo vacacional del 1 de noviembre al 8 de enero del 2015.

Equipaje

Tu equipaje personal sin pagar impuestos. Consta de lo siguiente:

Bienes de uso personal, tales como ropa —incluido un ajuar de novia—, calzado y productos de aseo y de belleza, siempre que sean acordes a la duración del viaje, artículos para bebés, tales como silla, cuna portátil, carriola, andadera, entre otros, incluidos sus accesorios.

Dos cámaras fotográficas o de videograbación; material fotográfico; tres equipos portátiles de telefonía celular o de las otras redes inalámbricas; un equipo de posicionamiento global (gps); una agenda electrónica; un equipo de cómputo portátil de los denominados laptop, notebook, omnibook o similares; una copiadora o impresora portátiles; un quemador y un proyector portátil, con sus accesorios.

Dos equipos deportivos personales, cuatro cañas de pesca, tres deslizadores con o sin vela y sus accesorios, trofeos o reconocimientos, siempre que puedan ser transportados común y normalmente por el pasajero.

Un aparato portátil para el grabado o reproducción del sonido o mixto; o dos de grabación o reproducción de imagen y sonido digital y un reproductor portátil de dvd; un equipo de bocinas portátiles, y sus accesorios.

Cinco discos láser, 10 discos DVD, 30 discos compactos, tres paquetes de software y cinco dispositivos de almacenamiento para cualquier equipo electrónico.

Libros, revistas y documentos impresos.

Cinco juguetes, incluidos los de colección, y una consola de videojuegos, así como cinco videojuegos.

Un aparato para medir presión arterial y uno para medir glucosa o mixto y sus reactivos, así como medicamentos de uso personal (en caso de sustancias psicotrópicas debe mostrarse la receta médica).

Velices, petacas, baúles y maletas o cualquier otro artículo necesario para el traslado del equipaje.

Un binocular y un telescopio.

Dos instrumentos musicales y sus accesorios.

Una tienda de campaña y demás artículos para campamento.

Un juego de herramientas de mano con su estuche, que podrá comprender un taladro, pinzas, llaves, dados, desarmadores, cables de corriente, entre otros.

Los pasajeros mayores de 18 años, un máximo de 10 cajetillas de cigarros, 25 puros o 200 gramos de tabaco; hasta tres litros de bebidas alcohólicas y seis litros de vino.

Los adultos mayores y las personas con discapacidad, los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones, tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas, bastones, entre otros.

Además, puedes importar, sin el pago de impuestos, hasta tres mascotas o animales de compañía que traigas contigo, tales como gatos, perros, canarios, hámsteres, cuyos, periquitos australianos, ninfas, hurones, pericos, tortugas, aves silvestres de tamaño pequeño (excepto rapaces), así como los accesorios que requieran para su traslado y aseo, siempre que presentes ante el personal de la aduana el certificado zoosanitario para su importación, expedido por la Sagarpa; en caso de tratarse de animales de vida silvestre, además debes presentar el Registro de Verificación expedido por la Profepa, que compruebe el cumplimiento de la regulación o restricción no arancelaria a que se encuentren sujetos.

Franquicia

Ahora puedes traer hasta 500 dólares de mercancía sin pagar impuestos, adicionales a tu equipaje personal. Sólo será durante temporada vacacional, pero el resto del año la franquicia se incrementó a 300 dólares.

La franquicia a la que tiene derecho cada integrante de la familia puede acumularse si viajan juntos en el mismo medio de transporte, excepto si eres residente de la franja o región fronteriza.

Puedes demostrar el valor de las mercancías que forman parte de la franquicia con facturas o comprobantes de venta. En caso de no contar con éstos, el personal de la aduana podrá determinar el valor de la mercancía.

Con tu franquicia no puedes introducir:

Bebidas alcohólicas.

Tabacos labrados.

Combustible automotriz, salvo el que se contenga en el tanque de combustible de tu vehículo.