Aprueban proceso de consulta previa a comunidades indígenas Para la implementación de acciones afirmativas en materia de representación político electoral.
-Para la implementación de acciones afirmativas en materia de representación político electoral. -El dictamen se remitirá al Consejo General para su análisis. MEXICALI.- Este día la Comisión Especial de Igualdad de Género y No Discriminación aprobó por unanimidad el dictamen número 6, relativo al protocolo para el proceso de consulta previa, libre e informada a las comunida des indígenas pertenecientes a los pueblos kiliwa, kumiais, pai pai, cucapá, ku' ahl, cochimí y otros residentes en el estado de Baja California, para la implementación de acciones afirmativas en materia de representación político electoral. En sesión de dictaminación, el Consejero Electoral Abel Alfredo Muñoz Pedraza, presidente de la Comisión, explicó que el proceso de consulta a implementarse en Baja California tiene características que lo hacen único, ya que este se realiza en cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del Recurso de Reconsideración identificado con el número de expediente SUP-REC-28/2019. Señaló que la consulta indígena es un derecho de carácter colectivo, al mismo tiempo es una obligación del Estado. Por este motivo, se considera pertinente que, para su efectivo ejercicio y eficaz aplicación, se cumpla con los parámetros indispensables que garanticen estándares internacionales, así como los principios y características que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación han definido en sus ejecutorias. En este sentido, el Presidente de la Comisión añadió que todas las autoridades, en el ámbito de sus atribuciones y ejercicio de sus facultades, están obligadas a consultar a los pueblos y comunidades indígenas antes de adoptar cualquier medida o acción susceptible de afectar sus derechos e intereses. En particular, el artículo 11 de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de Baja California, establece que el estado y los municipios deberán realizar consultas a los pueblos y comunidades indígenas cuando elaboren el Plan Estatal de Desarrollo y el Plan Municipal de Desarrollo, respectivamente, y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que se realicen. Finalmente, Muñoz Pedraza indicó que este dictamen se remitirá al Consejo General para que, en sesión de Pleno, sea analizado, discutido y, en su caso, aprobado. Aprueban protocolo para el proceso de consulta previa a comunidades indígenas
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