Baja California

Aprueban protocolo para proceso de consulta a comunidades indígenas BC

Para la implementación de acciones afirmativas en materia de representación político electoral

por Uniradio Informa

08/10/2020 17:19 / Uniradio Informa / Baja california / Actualizado al 17/02/2023

-Para la implementación de acciones afirmativas en materia de representación político electoral.

MEXICALI.- El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó el protocolo para el proceso de consulta previa, libre e informada a las comunidades indígenas pertenecientes a los pueblos kiliwa, kumiais, pai pai, cucapá, ku' ahl, cochimí y otros residentes en el estado de Baja California, para la implementación de acciones afirmativas en materia de representación político electoral.

Lo anterior, en cumplimiento a la sentencia dictada por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dentro del Recurso de Reconsideración identificado con el número de expediente SUP-REC-28/2019.

Durante los trabajos de la XVII Sesión Extraordinaria, el Consejero Electoral Abel Alfredo Muñoz Pedraza, en su calidad de presidente de la Comisión Especial de Igualdad de Género y No Discriminación, presentó el Dictamen número 6 y dijo que la consulta indígena es un derecho de carácter colectivo, y al mismo tiempo, es una obligación del Estado. Por este motivo, se considera pertinente que, para su efectivo ejercicio y eficaz aplicación, se cumpla con los parámetros indispensables que garanticen estándares internacionales, así como los principios y características que la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación han definido en sus ejecutorias.

Finalmente, Muñoz Pedraza indicó que todas las autoridades, en el ámbito de sus atribuciones y ejercicio de sus facultades, están obligadas a consultar a los pueblos y comunidades indígenas antes de adoptar cualquier medida o acción susceptible de afectar sus derechos e intereses. En particular, el artículo 11 de la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de Baja California, establece que el estado y los municipios deberán realizar consultas a los pueblos y comunidades indígenas cuando elaboren el Plan Estatal de Desarrollo y el Plan Municipal de Desarrollo, respectivamente, y, en su caso, incorporar las recomendaciones y propuestas que se realicen.