Celebra consejo general del IEEBC sesión extraordinaria Se da respuesta a la vista concedida por el Instituto Nacional Electoral en razón a la solicitud de asunción parcial de los conteos rápidos
-Se da respuesta a la vista concedida por el Instituto Nacional Electoral en razón a la solicitud de asunción parcial de los conteos rápidos para las elecciones a Gubernatura en los Procesos Electorales Locales 2020-2021. MEXICALI.- El Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobó un punto de acuerdo donde se responde a la vista del Instituto Nacional Electoral (INE) en el procedimiento de asunción parcial sobre los conteos rápidos de las elecciones a las Gubernaturas en los Procesos Electorales Locales 2020-2021. El Consejero Presidente, Luis Alberto Hernández Morales, comentó que este procedimiento deriva de la solicitud promovida por Consejeras y Consejeros del INE, y que, a juicio de este Consejo General, es factible en razón de la implementación de las diversas reglas de operación desarrolladas por el INE para la realización del conteo rápido, además de que cuenta con el capital humano capacitado y actualizado en la implementación y operación de esta actividad, así como mecanismos de seguridad que permitirán abonar en el desarrollo eficiente y adecuado del proceso electoral, cumpliendo así con la observancia de los principios rectores de la función pública electoral. En suma, precisó el Consejero Presidente, el IEEBC está de acuerdo con la solicitud de que el INE asuma la implementación, operación, ejecución y financiamiento total del conteo rápido de la elección a la Gubernatura del Estado en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021 en Baja California. Indicó que, en el punto de acuerdo, se instruye a la Secretaría del Consejo General notifique el contenido del mismo al INE por conducto de su Dirección Jurídica, en los términos precisados en el acuerdo que se contesta. En caso de que se determine procedente la solicitud de asunción parcial del conteo rápido, en el convenio específico de colaboración y coordinación que deba celebrarse entre ambas instituciones, deberá especificarse que el Instituto Electoral contará en todo momento con la información sobre la implementación, operación y ejecución que se vaya generando durante el proceso de conteo rápido por parte del INE, añadió.
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