Baja California

Colectivos, Colectivas y Activistas LGBTTTIQA2+ defienden DDHH en BC

COCUT, AC, Colectivo Diversa-CODIVER A.C. y La Casita de U.T. AC, Hacen de BC “El Segundo Estado en el País en ser Inclusivo” por Ordenamiento

por Uniradio Informa

12/02/2021 16:34 / Uniradio Informa / Baja california / Actualizado al 17/02/2023

COCUT, AC, Colectivo Diversa-CODIVER A.C. y La Casita de U.T. AC, Hacen de  Baja California “El Segundo Estado en el País en ser Inclusivo” por Ordenamiento  del Tribunal Electoral.  

 

BAJA CALIFORNIA.- El Tribunal de Justicia Electoral  del Estado dictaminó una sentencia definitiva resultado de la impugnación  promovida por las y los activistas Claudia Elsa López Sanz de CODIVER, AC, así  como Susana Barrales, Estrella López Martínez, de la Casita de UT, Ac y Ma.  Teresita Díaz Estrada, Andrés Cruz Hernández y Jonathan López de la Rosa de  COCUT, AC, misma que garantiza el pleno goce de derechos constitucionales con  efectos incluyentes y con apego al principio pro persona para grupos en situación  de vulnerabilidad como lo somos la población LGBTTTI+, personas con  discapacidad, juventudes, y pueblos y comunidades indígenas donde reconoce su  derecho político-electoral de votar y ser votado, así como una protección  constitucional bajo los principios de certeza, seguridad jurídica y legalidad para  que puedan participar en la postulación de candidaturas por parte de partidos  políticos y en candidaturas independientes, así como acceder a cargos de  representación popular en condiciones de igualdad, paridad y no discriminación. 

 

El día de ayer la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó que los lineamientos 20 y 30 deben de regresar  a su forma inicial, ya que consideraron que no debieron de revocarse, así que les  garantiza a los pueblos y comunidades indígenas su participación en candidaturas  en este proceso. 

 

Por otro lado y lo que nos ocupa en este momento y por lo cual les convocamos  es para hacerles saber que a pesar de que la comunidad indígena calificó como  agravio que el Tribunal de Justicia Electoral de Baja California haya ordenado  implementar acciones afirmativas a favor de la población LGBTTTI+, la Sala  Regional consideró y confirmó que no existe agravio alguno al incluirnos  ponderando, ya que la Ley Suprema protege ampliamente los principios pro  persona, de igualdad sustantiva, paridad de género y no discriminación; respeta y 

garantiza que se tutele a todos los individuos que no sean discriminados por  distinción alguna de raza, color, sexo, género, edad, idioma, religión, o cualquier  otra índole 

 

Los partidos políticos han sido respetuosos de la determinación del Tribunal  Electoral en cuanto a la inclusión LGBTTTI+ han acatado y aceptado los términos  en que resolvió ambos expedientes, legitimando el reconocimiento y participación  de los grupos vulnerables en la postulación de candidaturas. Obviamente ellos  buscarán las formas como atenderán los efectos jurídicos que la sentencia les ha  ordenado para la participación en este proceso electoral 2020-2021 y próximos  procesos electorales.