IEEBC declara improcedencia de delegados distritales y reformas de PES Se ordenó al Partido la reposición del procedimiento para la instauración de los órganos directivos intrapartidistas en apego a la Ley
-Se ordenó al Partido la reposición del procedimiento para la instauración de los órganos directivos intrapartidistas en apego a la Ley. MEXICALI.- La Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) determinó la improcedencia de la designación de los Delegados de los 17 Distritos Electorales, de la elección de los integrantes de los Comités Municipales de Mexicali, Tijuana, Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito; y las reformas efectuadas a los estatutos del Partido Encuentro Social de Baja California. Esta determinación se plasma en el dictamen número 33 de la Comisión encabezada por el Consejero Presidente Provisional, Jorge Alberto Aranda Miranda, quien explicó que esta determinación se determinó puesto que esta Comisión consideró que el partido tiene el deber de cumplir con las obligaciones que les imponen la Constitución y la Ley General de Partidos, entre ellos los derechos y obligaciones de sus militantes; así como el mantenimiento en funcionamiento efectivo a sus órganos estatutarios, a fin de garantizar un desarrollo de sus funciones en condiciones óptimas. Señaló que el Comité Estatal del Partido desarrollo una serie de actuaciones amparados bajo el artículo 34 de sus Estatutos, numeral que les permite ejercer las funciones de otros órganos ante situaciones extraordinarias; sin embargo, dichas facultades no son absolutas, sino que se encuentran acotadas a la observancia de la norma estatutaria, así como de las demás obligaciones contenidas en la norma constitucional y legal electoral, como en materia de partidos políticos. En virtud de lo anterior y, derivado del análisis íntegro de las documentales soporte del procedimiento de designación de los Delegados Distritales de los 17 distritos electorales y la elección de los Comités Municipales de Mexicali, Tijuana, Ensenada, Tecate y Playas de Rosarito del Partido, se propone al Consejo General la improcedencia de dichos actos partidistas dadas las diversas irregularidades en el desahogo del procedimiento y ante la inobservancia de diversos preceptos de la norma constitucional y legal electoral, así como en la normatividad estatutaria del propio Partido. Agregó que se ordenó al Partido la reposición del procedimiento para la instauración de los órganos intrapartidisas, en apego a su norma estatutaria, a la Ley General de Partidos Políticos y su correlativa Ley de Partidos Políticos del Estado de Baja California, así como en su oportunidad la reforma estatutaria respectiva, en un plazo de 30 días hábiles, debiendo emitir los acuerdos que permitan cumplir con los protocolos respectivos para sesionar en atención a las condiciones de salud pública actuales en el estado por el COVID-19. Finalmente, Aranda Miranda informó que este dictamen será remitido al Consejo General para su análisis, discusión y, en su caso, aprobación.
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