Baja California

SCJN invalida Comité Ciudadano del Sistema Anticorrupción de BC

Es del Sistema Anticorrupción de Baja California, previsto legalmente desde agosto de 2017.

por Uniradio Informa

15/01/2020 09:16 / Uniradio Informa / Baja california / Actualizado al 17/02/2023

- Es del Sistema Anticorrupción de Baja California, previsto legalmente desde agosto de 2017.

- Sistemas anticorrupción estatales deben ser equivalentes al nacional, determina la SCJN.

 

Por: Octavio Fabela

 

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la conformación de los sistemas anticorrupción de las entidades federativas deben ser equivalentes a la del Sistema Nacional en la materia.

 

En sesión pública invalidó diversas disposiciones de la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Baja California, donde se establecía la integración del Comité de Participación Ciudadana en materia de anticorrupción, por resultar contraria a lo dispuesto en la Constitución federal.

 

El Pleno resolvió que, en términos de la Constitución federal, las entidades federativas, al establecer sus respectivos sistemas locales anticorrupción, deben ser equivalentes al Sistema Nacional Anticorrupción.

 

Al efecto, en términos de los artículos 113 de la Constitución federal, así como 16 y 17 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción, el Comité Nacional de Participación Ciudadana está integrado por cinco ciudadanos.

 

Dichos integrantes no podrán ocupar, durante el tiempo de su gestión, un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en los gobiernos federal, local o municipal, ni cualquier otro empleo que les impida el libre ejercicio de los servicios que prestarán.

 

Dichos integrantes durarán cinco años en el cargo y no tendrán relación laboral alguna por virtud de éste, sino que el vínculo legal será establecido a través de contratos de prestación de servicios por honorarios.

 

Sin embargo, en el caso de Baja California la ley establecía un Comité de Participación Ciudadana integrado por 15 ciudadanos: 10 de carácter técnico y cinco de carácter honorífico.

 

Estos últimos no percibirían emolumento alguno y con la prohibición de ocupar, durante el tiempo de su gestión, cualquier otro empleo gubernamental o que les impidiera el libre ejercicio de sus servicios.

 

La SCJN resolvió que dicha integración y funcionamiento no puede considerarse equivalente a lo previsto en la Ley General para el Comité Nacional de Participación Ciudadana, pues la ley local divide en dos grupos a los miembros del Comité, exigiendo requisitos diferentes para cada uno.

 

Además las disposiciones en el sentido de que los integrantes honoríficos no percibirían emolumentos, además de estar impedidos para ocupar otro empleo, cargo o comisión, son violatorias de los derechos a la igualdad, vida digna y mínimo vital.

 

Ricardo Zurita, miembro del Consejo Ciudadano Anticorrupción de Baja California señala que él es uno de los actores que presentó el amparo ante la SCJN por la inclusión de cinco consejeros extra y otros cinco que no cumplen con el perfil para integrar ese cuerpo colegiado y que son quienes incluso presiden el Consejo Ciudadano Anticorrupción.

 

“Aquí la ley general, que es la ley marco de todos los sistemas a tratar anticorrupción, obliga a que todos los comités de atención ciudadana sean similares al nacional y este es que, el comité ciudadano está compuesto de cinco consejeros únicamente y así le hicieron los 31 estados del país, integrar su comité de atención ciudadana con cinco consejeros en cada estado, el lunes sucede que fue diferente, desobedeció ese mandato, excediéndose en los integrantes de los ciudadanos a quince”, comentó.

 

Aseguró que esas quince personas han cometido errores en sus actuaciones y que como se ve en la nota que se ha publicado en medios nacionales, se dividió en dos categorías, los consejeros ciudadanos técnicos y los que son por honoríficos, la segunda categoría fue inventada y podía prescindir el sistema anticorrupción.

 

“Hoy la Suprema Corte de Justicia, el pleno, nueve votos contra dos, una inmensa mayoría votaron que la ley estatal de Baja California de Anticorrupción, por ese sentido, es ilegal”, concluyó.