Baja California

Si piensas pasar Navidad en EU; estos son los requisitos del Consulado

La Embajada y Consulados de Estados Unidos en México, informó sobre las medidas más recientes que deben de conocer las personas que piensan viajar.

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por Uniradio Informa

09/12/2021 08:41 / Uniradio Informa / Baja california / Actualizado al 17/02/2023

TIJUANA.- La Embajada y Consulados de Estados Unidos en México, informó sobre las medidas más recientes que deben de conocer las personas que piensan viajar a Estados Unidos en esta época navideña.

¿Viaja a 🇺🇸 en esta temporada navideña? Manténgase actualizado sobre las regulaciones de viaje de COVID más recientes en https://t.co/84ZEJX5thz. #CDC #HolidayTravel #COVID19 pic.twitter.com/gWYK8rbN51

— Embajada EU en Mex (@USEmbassyMEX) December 9, 2021

 

Aquí la liga para detalles: https://mx.usembassy.gov/es/informacion-sobre-covid-19/

 

 

A partir del 6 de diciembre de 2021:

Viajes aéreos a los Estados Unidos

 

Todos los pasajeros aéreos de 2 años de edad o mayores, independientemente de su estado de vacunación o ciudadanía, con un vuelo que salga hacia los Estados Unidos desde un país extranjero a las 12:01 a.m. EST (5:01 a.m. GMT) del 6 de diciembre de 2021, deben mostrar una prueba viral COVID-19 negativa (PCR o antígeno, incluso puede ser una de las auto pruebas en el hogar aprobadas ) realizada no más de UN día antes del viaje , o documentación de haberse recuperado de COVID-19 en los últimos 90 días, antes de abordar su vuelo. Los pasajeros aéreos también deberán confirmar en forma de atestación que la información que presentan es verdadera.

 

Para obtener la lista completa de requisitos y exenciones, revise la información en la Orden. 

https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/travelers/testing-international-air-travelers.html 

Los viajeros aéreos que no son ciudadanos estadounidenses deberán proporcionar prueba de estar completamente vacunados con una vacuna COVID-19 aprobada. 

 

Viaje terrestre / en ferry a los Estados Unidos

 

Los viajeros extranjeros que ingresen a los Estados Unidos a través de la frontera terrestre y los puertos de entrada de las terminales de ferry podrán ingresar por una razón no esencial (es decir, turismo), siempre que estén completamente vacunados y puedan presentar prueba de su estado de vacunación contra COVID-19. Hasta enero de 2022, los viajeros no vacunados pueden continuar cruzando la frontera terrestre sólo para viajes esenciales, incluido el comercio legal, la respuesta de emergencia y los fines de salud pública. Haga clic aquí para revisar las preguntas frecuentes sobre cómo ingresar a los Estados Unidos por tierra o ferry. Las pruebas de COVID-19 NO son necesarias para ingresar a los E.E.U.U. por los puertos de entrada terrestres / de ferry.

 

A partir de enero de 2022, todos los viajeros extranjeros entrantes que crucen los puertos de entrada terrestres (POE) o las terminales de ferry de los Estados Unidos, ya sea por razones esenciales o no esenciales, deben estar completamente vacunados contra COVID-19 y proporcionar una prueba de vacunación acorde.

 

Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales (LPR) pueden ingresar a través de puertos de entrada terrestres o por ferry, independientemente de su estado de vacunación y no están obligados a mostrar prueba de una prueba negativa de COVID-19.

 

Solicitudes de exención de prueba negative COVID-19 y de prueba de vacunación: Los criterios para las exenciones son estrechos y la urgencia del viaje debe ser evidente. Tanto estadounidenses como extranjeros pueden solicitar una exención al requisito de prueba o evidencia de vacunación a través de [email protected]. Los no inmigrantes no vacunados que no caigan dentro de alguna de las excepciones limitadas no podrán ingresar a los Estados Unidos por aire o por tierra. Los viajeros que no tengan prueba negativa COVID-19 que no puedan mostrar prueba de la exención del CDC no podrán abordar el avión.

 

Aquí hay una lista parcial de proveedores de pruebas de COVID en México; también puede optar por usar un laboratorio aprobado que no esté en esta lista: https://gpa-mprod-mwp.s3.amazonaws.com/uploads/sites/15/2021/06/20210114_COVID_Labs.pdf

Información específica del país:

 

• Al 6 de diciembre, México ha confirmado 3,901,263 casos de COVID-19 dentro de su territorio, desde el comienzo de la pandemia. Las autoridades continúan reportando amplio contagio dentro de las comunidades, miles de infecciones, y un número creciente de pacientes que requieren hospitalización. La Secretaria de Salud de México publica actualizaciones diarias sobre el número de casos.

• Hay cero estados categorizado en “rojo” de acuerdo con el sistema federal de semáforo epidemiológico, del 6 de diciembre.

• El Departamento de Estado de EE. UU. actualizó la Alerta de Viaje para México el 12 de julio. No viaje a México, debido al COVID-19. Por favor lea la Alerta de Viaje 

• Consulte la información más reciente sobre el estado de operaciones consulares, incluyendo citas de rutina y servicios de emergencia.

Prueba de COVID-19:

• ¿Están disponibles las pruebas de PCR y / o antígenos para los ciudadanos estadounidenses en México? [Sí]

• Si es así, ¿los resultados de las pruebas están disponibles de manera confiable en México en 24 horas? [Sí]

• Requisito de los CDC para la prueba COVID-19 negativa antes de viajar en avión:

• Se requiere una prueba de COVID viral negativa (PCR o antígeno, incluso puede ser una de las auto pruebas en el hogar aprobadas ) o documentación de recuperación para cualquier persona que viaje en avión a los Estados Unidos, incluidos los ciudadanos estadounidenses y los residentes legales permanentes mayores de dos años, e independientemente de su estado de vacunación.

• Esta orden aplica para todos los vuelos, incluidos los vuelos privados y los aviones de aviación general (vuelos chárteres). Actualmente, no se requiere una prueba COVID negativa para viajar por frontera terrestre.

• Los pasajeros aéreos deben someterse a una prueba viral (PCR / NAAT o prueba de antígeno para una infección actual) no más de tres días calendario antes de la salida del vuelo a los Estados Unidos. Las pruebas de anticuerpos no cumplen con el requisito.

• Si llega a los Estados Unidos a través de uno o más vuelos de conexión, su prueba debe realizarse en los tres días anteriores al primer vuelo de su itinerario, pero solo si los vuelos de conexión se reservaron como un solo registro de pasajero con un destino final. en los Estados Unidos y cada conexión (escala) no dura más de 24 horas. Si su vuelo de conexión a los Estados Unidos se reservó por separado o una conexión en su itinerario dura más de 24 horas, deberá hacerse la prueba dentro de los tres días antes de que su vuelo llegue a los Estados Unidos.

• CDC requiere que los pasajeros aéreos que lleguen a los Estados Unidos tengan una copia en papel o electrónica del resultado de su prueba para que la aerolínea la revise antes de abordar y posiblemente los funcionarios de salud pública la revisen después de su llegada a los Estados Unidos. Los pasajeros deben proporcionar documentación escrita del resultado de su prueba de laboratorio (en papel o copia electrónica) a la aerolínea antes de abordar.

• El personal de la aerolínea debe verificar que cada pasajero mayor de dos años a bordo haya atestiguado haber recibido un resultado negativo en la prueba o haberse recuperado del COVID-19 y haber sido autorizado para viajar por un profesional de la salud autorizado o un funcionario de salud pública. Además de presentar una prueba de detección del COVID-19 con resultado negativo o la documentación de recuperación (en inglés o español), se recomienda que cada pasajero imprima y presente su atestación a la aerolínea. Un padre u otra persona autorizada debe dar fe en nombre de un pasajero de entre dos y 17 años que ha recibido una prueba negativa. Para obtener más información, consulte con su aerolínea. Para corroborar la certificación del pasajero, visite: https://www.cdc.gov/quarantine/fr-proof-negative-test.html.

• Si un viajero aéreo ha tenido una prueba viral positiva en los últimos tres meses y ha cumplido con los criterios para terminar el aislamiento, puede viajar con documentación de resultados positivos de la prueba viral y una carta de un proveedor de atención médica autorizado o de un funcionario de salud pública que indique que el pasajero ha sido autorizado para viajar. El resultado positivo de la prueba y la carta se denominan “documentación de recuperación”.

• Las aerolíneas son responsables de hacer cumplir los requisitos para los pasajeros en vuelos con destino a EE. UU. Las aerolíneas negarán el embarque a cualquier persona sin una prueba negativa o documentación de recuperación de COVID-19.

• Si da positivo, debe aislarse y retrasar su viaje. No viaje hasta que se haya recuperado completamente de COVID-19.

• Si su vuelo se retrasa, deberá volver a realizar la prueba si la demora hace que su prueba quede fuera del período de prueba de tres días antes de la salida.

• Asegúrese de que el proveedor de pruebas que elija proporcionará resultados de pruebas que cumplan con las pautas de CDC (para viajeros con destino a EE. UU.) y las de su aerolínea

• Para los viajeros con destino a los EE. UU., cada estado tiene sus propios requisitos de entrada y prueba. Verifique lo necesario para ingresar al estado al que está viajando. Los CDC ofrecen información sobre pruebas y cuarentena en todos los estados: https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-ncov/travelers/travel-planner/index.html .

• Disponibilidad de pruebas en México: 

o La Secretaría de Salud (Salud) mantiene una lista de laboratorios aprobados para pruebas de COVID-19 viral. Muchos hospitales, clínicas y laboratorios locales ofrecen pruebas privadas para viajes.

o El costo de las pruebas PCR oscila aproximadamente entre 950 MXN y 4500 MXN, y el costo de las pruebas de antígenos virales se encuentra entre 200 MXN y 1000 MXN, según la ubicación y la velocidad de los resultados. Los viajeros son responsables de los costos de sus propias pruebas y de la atención médica asociada. La Embajada y los Consulados no pueden administrar ni pagar las pruebas.

o La Misión Diplomática en México ha preparado Nota: Esta lista no es exhaustiva y la información que contiene está sujeta a cambios en cualquier momento. El Departamento de Estado no asume ninguna responsabilidad por la capacidad o reputación profesional o la calidad de los servicios prestados por las entidades o personas cuyos nombres aparecen en estas listas. La inclusión en esta lista no es de ninguna manera un respaldo del Departamento o del gobierno de los EE. UU. Los proveedores se enumeran por ubicación y el orden en el que aparecen no tiene otro significado. La información de la lista la proporcionan directamente los proveedores de servicios locales; el Departamento de Estado no puede responder por esta información.

• Algunas aerolíneas y aeropuertos internacionales de México ofrecen pruebas, como un último recurso para los viajeros (para mayor información sobre este servicio, favor de confirmar directamente con su aerolínea). A pesar de que dicho servicio esté disponible, se recomienda que obtenga su prueba antes de llegar al aeropuerto. En algunos aeropuertos, las pruebas están disponibles únicamente para pasajeros internacionales que utilicen ciertas aerolíneas, no necesariamente para aquellos que viajen hacia Estados Unidos. Si usted realiza su prueba en el aeropuerto, deberá llegar al menos tres horas antes de su vuelo (favor de confirmar dicha información con su aerolínea), esto para permitir la entrega de resultados. Tome en cuenta que las pruebas realizadas en el aeropuerto pueden resultar en la pérdida de su vuelo o de conexiones, debido a la entrega de resultados o si su resultado es positivo. Favor de confirmar la disponibilidad de pruebas directamente con el aeropuerto o aerolínea. 

o Los viajeros que visiten México deben comunicarse con su agente de viajes u hotel para obtener más información sobre las opciones locales para hacerse su prueba.

o Tendrá que pagar por su prueba. Debe comunicarse con su seguro médico/de viaje para averiguar si le reembolsarán.

o Consulte con el proveedor de pruebas para determinar el idioma y método de entrega de los resultados.

• Los síntomas de COVID-19 (como fiebre, tos, dolores de cabeza, dolor de garganta o estornudos constantes) son muy similares a otras enfermedades respiratorias. Si tiene síntomas leves llame a su proveedor de atención médica habitual o llame a la línea directa del gobierno mexicano al 800 0044 800 o 55 5658 1111 para recibir consejos para determinar si debe quedarse en casa o buscar atención médica. Si usted o alguien de su familia tiene dificultad para respirar, vaya a la sala de emergencias o llame al 911 inmediatamente.

• Las personas que estuvieron en contacto con un caso confirmado de COVID-19 y presentan síntomas de enfermedad respiratoria deben seguir las instrucciones anteriores. Es aconsejable permanecer en cuarentena durante 14 días para evitar la propagación de la enfermedad a otras personas.

• Si usted está experimentando miedo, ansiedad o aislamiento emocional, por favor llame a la línea directa del gobierno mexicano al 800 911 2000 para obtener asesoramiento y apoyo.

Proclamación Presidencial de Suspensión de Entrada a partir de 26 de noviembre, 2021

• El ingreso a los Estados Unidos para ciudadanos de otros países que no son residentes permanentes y que visitaron Botswana, Eswatini, Lesotho, Malawi, Mozambique, Namibia, Sudáfrica, o Zimbabwe 14 días antes de su llegada a los Estados Unidos está suspendido por mandato presidencial. Aquellos aplicantes que necesiten viajar debido a emergencias humanitarias extremas pueden mandar un correo a [email protected] explicando su caso. Todas las órdenes del Centro de Control de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) respecto a la vacunación y requisitos para prueba de COVID-19 siguen vigentes. Hay excepciones limitadas para diplomáticos (con visa A y G) y tripulación aérea y marítima (con visa C1/D).

• La elegibilidad del ingreso la determinará un oficial de Aduanas y Protección Fronteriza de los E.E.U.U. en los puertos de entrada. La suspensión de la entrada para extranjeros será efectiva a partir de las 12:01 a.m. EST del 29 de noviembre de 2021 y no aplica a personas que en ese momento estén a bordo de un vuelo que esté por llegar a los Estados Unidos y que haya salido antes de12:01 a.m. EST el 29 de noviembre de 2021. Este edicto queda en efecto hasta que esa revocado por el presidente. Para más información visite: https://www.whitehouse.gov/briefing-room/presidential-actions/2021/11/26/a-proclamation-on-suspension-of-entry-as-immigrants-and-nonimmigrants-of-certain-additional-persons-who-pose-a-risk-of-transmitting-coronavirus-disease-2019/ 

 

Orden del CDC requiriendo prueba de vacunación a partir del 6 de diciembre de 2021:

• Requisitos de la vacuna: 

 

o Las vacunas deben estar aprobadas o autorizadas por la FDA o estar en la lista de las aprobadas para uso de emergencia (EUL, por sus siglas en inglés) de la Organización Mundial de la Salud (OMS).  Consulte el sitio web del CDC para obtener más Los viajeros que recibieron vacunas no aprobadas o que sólo están parcialmente vacunados (por ejemplo, que tienen una dosis de una vacuna aprobada que requiere una serie de dos dosis) se considerarán no vacunados para los efectos de estas regulaciones.   El sitio web del CDC tiene información adicional sobre la definición de “completamente vacunado”.

o Todos los viajeros completamente vacunados deben viajar con una prueba de su estado de vacunación para mostrarla a su aerolínea antes de su salida a los Estados Unidos.  Esa prueba de vacunación debe ser un registro digital o en papel emitido por una fuente oficial, y debe incluir el nombre y la fecha de nacimiento que coincidan con el pasaporte o documento de viaje del pasajero, el producto y el fabricante de la vacuna, la fecha(s) de administración de todas las dosis que recibió el viajero y el nombre de la fuente oficial que emite el registro.

o La prueba verificable con código QR de las vacunas administradas por el gobierno mexicano generalmente incluye el nombre completo y el número CURP de la persona vacunada.  Ese número contiene la fecha de nacimiento del titular.  Se recomienda viajar con este documento así como con un INE u otra identificación que incluya el nombre completo y la fecha de nacimiento del viajero.

• Niños menores de 18 años: 

o Los niños menores de 18 años están exentos del requisito de vacunación para viajeros extranjeros.  Los niños de entre 2 y 17 años de edad que viajan en avión aún deben realizarse una prueba de COVID-19, PCR o antígeno antes de su salida.

 

Solicitudes de exención de prueba negativa COVID-19 y de prueba de vacunación:

 

• El Centro de Control de Enfermedades (CDC por sus siglas en inglés) puede otorgar exenciones a las pruebas previas a la partida y a presentar los requisitos de prueba de vacunación de manera extremadamente limitada cuando se deben realizar viajes extraordinarios de emergencia (como una evacuación médica de emergencia) para preservar la salud y la seguridad de alguien, y cuando las pruebas o la vacunación completa no se pueden obtener antes del viaje. No hay exenciones disponibles para las personas que dan positivo a COVID-19. Las personas, o las compañías aéreas que buscan permitir el embarque de personas potencialmente calificadas, que creen que cumplen con los criterios para una exención deben comunicarse con la Embajada de los Estados Unidos por correo electrónico a [email protected]. Proporcione la información que se enlista a continuación y la Embajada de los Estados Unidos presentará la solicitud al CDC para su consideración. La información debe estar en inglés y la solicitud debe incluir todos los anexos documentales según sea necesario. No se enviarán solicitudes incompletas.

 

• Se deberá proporcionar la siguiente información para cada pasajero (una solicitud por persona): 

o Tipo de solicitud humanitaria o de emergencia 

 Excepción del requisito de prueba antes del viaje; y/o

 Excepción para el requisito de prueba de estar completamente vacunado

o Número de teléfono celular del pasajero o jefe de familia si es unidad familiar, incluyendo el código del país

o Dirección de correo electrónico del pasajero o jefe de familia si es unidad familiar

o Dirección de destino de EE. UU.

o ¿La dirección de destino en EE. UU. es su domicilio?

o Itinerario de vuelo, incluidos los vuelos de conexión (adjuntar itinerario): 

 Línea aérea

 Número de vuelo

 Aeropuerto de salida y fecha de salida

 Aeropuerto de llegada y fecha de llegada

o Estado de vacunación: 

 Totalmente vacunado: 

 Nombre del producto de la vacuna (o productos si es una combinación)

 Fecha de la primera dosis

 Fecha de la segunda dosis (si es una serie de dos dosis)

 PDF o fotografía del registro de vacunación

 NO completamente vacunado

o Propósito del viaje a los Estados Unidos (proporcionar una breve explicación de por qué se necesita un viaje urgente y cómo el viaje contribuirá a la salud y seguridad de los pasajeros)

o Según corresponda:

o Justificación de la excepción humanitaria para el requisito de prueba (por ejemplo, no hay pruebas disponibles donde se encuentra el pasajero)

o Justificación de la excepción humanitaria o de emergencia para proporcionar prueba de estar completamente vacunado (por ejemplo, disponibilidad de vacunas, pasajero no elegible para la vacuna en el lugar, tiempo insuficiente para vacunarse por completo)

o Documentación para respaldar la justificación de la excepción si se proporciona (por ejemplo, registros médicos u órdenes de evacuación médica)

o Información sobre cualquier otra solución que se haya buscado antes de solisitar la exención (por ejemplo: cambios de vuelo, hacerse la prueba COVID en ruta, solicitar asistencia para obtener pruebas / vacunación, etc.)

• Toda autoridad legal para aprobar o negar las solicitudes de exención recae en el CDC. Inicialmente, el CDC proporcionará una carta de respuesta a cualquier solicitud de exención directamente a la embajada / consulado que envió la solicitud, quien a su vez la transmitirá al solicitante. La carta de respuesta aprobará la exención solicitada, lo que permitirá a la persona viajar a los Estados Unidos, ya sea directamente o en tránsito, o negará la solicitud de exención. La carta también contendrá requisitos de prueba / cuarentena para los viajeros una vez que se encuentren en los Estados Unidos. Las decisiones del CDC son inapelables.

 

Información sobre la vacuna de COVID-19:

 

• ¿Ha aprobado el gobierno de México una vacuna COVID-19 para su uso? [Si]

• México aprobó el uso de emergencia de las vacunas AstraZeneca, CanSino, India Surem Institute, Pfizer, SinoVac, y Sputnik V. El gobierno mexicano ha dado prioridad a los trabajadores de atención médica de primera línea y ancianos. El registro está abierto y la vacunación comienza para las poblaciones prioritarias en algunos lugares. El objetivo de México es vacunar al menos al 75 por ciento de la población de 16 años o más. Para obtener más información sobre las vacunas disponibles en México, visite el sitio web de la Secretaría de Salud del Gobierno de México .

• ¿Hay vacunas disponibles en México para ciudadanos estadounidenses? [Sí]

• Los ciudadanos mexicanos, los migrantes (Comunicado de prensa ), y los residentes permanentes y temporales de México, son elegibles para recibir la vacuna. Instrucciones en inglés para registrarse para la vacuna están disponibles aqui .

• Las personas que han sido vacunadas en México pueden obtener un certificado de vacunación en la página web de la Secretaría de Salud del Gobierno de México .

• Ciudadanos estadounidenses con estatus de residencia en México que cuentan con un CURP (Clave Única de Registro de Población) pueden ser eligibles para recibir la vacuna. Un CURP es un código único que se provee a los ciudadanos y residentes de México.

• La vacuna no será obligatoria.

• La vacuna se ofrecerá gratuitamente de forma universal. México priorizará a los beneficiarios por grupos de riesgo y edad. Sujeto a la disponibilidad de vacunas, la campaña de vacunación de México incluye cinco etapas: 

o Etapa 1: diciembre 2020 – febrero de 2021 – trabajadores de salud;

o Etapa 2: febrero – mayo de 2021 – personas de 60 años o más;

o Etapa 3: mayo – junio de 2021 – personas de 50 a 59 años. Y embarazadas de 18 años y más, a partir del tercer mes de embarazo;

o Etapa 4: junio – julio de 2021 – personas de 40 a 49 años;

o Etapa 5: julio de 2021 – marzo de 2022 – resto de población.

• Aquellos que han tenido COVID-19 y ya no tienen una infección activa serán elegibles para recibir la vacuna.

• No se requiere que las personas presenten comprobante de vacunación para asistir a la escuela, viajar o participar en actividades diarias de rutina. Sin embargo, estas reglas están sujetas a cambios.

• Mantente al tanto de lo ultimo relacionado a la vacuna de COVID-19 en México y visita la siguiente página http://vacunacovid.gob.mx 

• Para obtener más información sobre las vacunas COVID-19 para ciudadanos estadounidenses en el extranjero, visite https://travel.state.gov/content/travel/en/traveladvisories/vaccine-info-for-us-citizens-abroad.html 

• También puede considerar regresar a Estados Unidos para recibir su vacuna. Para mas información sobre cómo registrarse para la vacuna COVID-19 en su estado de origen, visite el sitio web del Departamento de Salud de su estado en Estados Unidos.

• Información de los CDC referente a la vacunación contra COVID-19.

• Visita la pagina de FDA's para aprender mas sobre vacunas aprobadas de FDA en los Estados Unidos.

 

Requisitos de entrada y salida:

 

• ¿Se les permite a los ciudadanos estadounidenses el ingreso? [Si]

A los viajeros que ingresan a México por tierra desde Belice, Guatemala o los Estados Unidos se les puede negar la admisión si el propósito de su visita se considera no esencial (Comunicado de SRE) . Los viajeros deben llevar evidencia de la naturaleza esencial de su visita y evidencia de su estatus de residente en México, si corresponde.

• ¿Se requiere una prueba de COVID-19 negativa (PCR y/o serología) para ingresar? [No]

• ¿Existen procedimientos de control de salud en los aeropuertos y otros puertos de entrada? [Si]

Los pasajeros y miembros de tripulación que lleguen a los aeropuertos mexicanos pueden estar sujetos a revisiones sanitarias, incluyendo controles de temperatura. Aquellos que presenten síntomas pueden estar sujetos a revisiones sanitarias adicionales y/o cuarentena.

• Los viajeros que ingresen a México por tierra pueden estar sujetos a revisiones sanitarias, incluyendo controles de temperatura. Los viajeros pueden sufrir retrasos significativos y enfrentar la posibilidad de ser regresados a los Estados Unidos o puestos en cuarentena en México.

• El Instituto Nacional de Migración (INM) continúa proporcionando servicios de aplicación de la ley y servicios públicos en todo México. Sin embargo, debido a la reducción del personal, los miembros del público pueden tener largos tiempos de espera para los servicios de rutina. INM recomienda monitorear su sitio web y cuenta de Twitter para obtener información sobre su estado operativo actual. Para información de como extender su estadía autorizada en México visite una oficina del INM. 

 

Restricciones de movimiento:

 

• ¿Hay toque de queda? [Si]

El toque de queda, como medida de prevención ante la pandemia, no es universal. Las restricciones varían según el estado y la ciudad. Consulte la sección “Recursos Locales” para obtener información específica sobre el toque de queda.

• ¿Existen restricciones para los viajes interurbanos o interestatales? [Si]

Las restricciones se aplican en algunas áreas. Consulte información adicional sobre estas restricciones en la sección de “Recursos locales”.

Información sobre la cuarentena:

• ¿Es necesario que los ciudadanos estadounidenses se pongan en cuarentena? [No]

• El gobierno mexicano alienta a la gente a seguir respetando las medidas de distanciamiento social, lavándose las manos y tosiendo o estornudando en la parte interna del codo para prevenir la propagación de COVID-19. Una variedad de medidas de prevención se puede encontrar en https://coronavirus.gob.mx/ .

• Para los ciudadanos estadounidenses que han participado en actividades de mayor riesgo o piensan que pueden haber estado expuestos antes o durante un viaje, los CDC alientan a las personas a tomar las siguientes precauciones adicionales para proteger a los demás durante 14 días después de la llegada:

• Quédese en casa tanto como sea posible.

• Evite permanecer cerca de personas con mayor riesgo de contraer enfermedades graves por COVID-19.

• Considere hacerse la prueba de COVID-19.

• En los Estados Unidos, los requisitos y recomendaciones de cuarentena pueden variar según el estado. Por lo tanto, los viajeros deben revisar los requisitos de entrada de cada estado antes de viajar.

• Actualmente el CDC (Centro de Control de Enfermedades, por sus siglas en ingles) recomienda a los viajeros a que se realicen una prueba de 3-5 días después de viajar y quedarse en casa (o un lugar como un hotel) para guardar cuarentena por siete días después de viajar.

• Según el CDC las personas vacunadas pueden viajar nacionalmente sin tener que realizar una prueba para el COVID-19 o ponerse en cuarentena al regresar del viaje.

 

Opciones de transporte: 

 

• ¿Están operando vuelos comerciales? [Si]

• ¿El transporte público está operando? [Si]

• Algunos estados y municipios han implementado restricciones de transporte adicionales. Consulte información adicional sobre restricciones específicas de cada estado en la sección “Recursos locales”.

 

Multas por incumplimiento:

 

• Las consecuencias por incumplimiento no son universales. Las restricciones varían según el estado y la ciudad. Consulte la sección de “Recursos locales” para obtener información específica sobre multas, sanciones y otras consecuencias derivadas del incumplimiento.

 

Restricciones y recursos a nivel nacional:

 

• El gobierno mexicano comenzó a implementar gradualmente las actividades económicas no esenciales en algunos estados y municipios utilizando un sistema nacional de “semáforo”. Las cuatro métricas para determinar los colores en el sistema de semáforo del gobierno mexicano son la tendencia en números de casos nuevos; tendencias de ocupación hospitalaria; tasas actuales de ocupación hospitalaria; y porcentaje de casos positivos. Si un indicador es rojo, todo el estado se designará en rojo. El gobierno mexicano actualiza las designaciones a nivel estatal todos cada dos semanas el viernes, y las revisiones entrarán en vigor el siguiente lunes. Algunas escuelas en México están cerradas para clases presenciales.

• Hay cero estados designados como “rojo” de acuerdo con el sistema federal, desde el 6 de Diciembre. En semáforo rojo, solo se permiten actividades esenciales. Las actividades esenciales incluyen: la provisión de servicios y suministros médicos, servicios de entrega de comestibles, operación de tiendas de abarrotes, restaurantes (únicamente para envío de comida), servicios de seguridad pública, mantenimiento de funciones económicas fundamentales y programas sociales gubernamentales, trabajo en infraestructura crítica, construcción y fabricación de equipos de transporte. Los hoteles están limitados al 25 por ciento de ocupación para los huéspedes que trabajan en actividades críticas. Los parques también están limitados al 25 por ciento de ocupación.

• Hay cero estados designados como “naranja” bajo el sistema federal desde el 6 de diciembre. Bajo semáforo naranja, los hoteles, restaurantes, barberías, parques al aire libre y gimnasios están limitados al 50 por ciento de su capacidad. Los mercados y supermercados operarán al 75 por ciento de su capacidad. Además, los centros comerciales, iglesias, cines, teatros, museos y eventos culturales se limitarán al 25 por ciento de su capacidad.\

• Cinco estados están designados como “amarillo” bajo el sistema de semáforos federales desde el 6 de Diciembre de 2021 (Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, y Sonora). Bajo el color amarillo, todas las actividades laborables están permitidas. Los espacios públicos pueden abrir de forma regular, mientras que los espacios públicos cerrados, pueden abrir con capacidad reducida. Todas las actividades deberán ser llevadas a cabo con las medidas de prevención básicas. Las personas en grupo de alto riesgo de desarrollar síntomas de COVID-19, deberán tomar medidas extras de precaución.

• Venti-siete estados están designados como “verde” bajo el sistema de semáforos federal desde el 6 de Diciembre de 2021 (Aguascalientes, Campeche, Colima, Ciudad de México, Chiapas, Durango, Estado de México, Guerrero, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Oaxaca, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, y Zacatecas). En verde, todas las actividades económicas y sociales, incluida la escuela, están permitidas mientras se tomen las precauciones adecuadas.

• Las personas deben practicar buena higiene como lavarse las manos con frecuencia y distanciamiento social. Aquellos que no participan en actividades esenciales deben aislarse en casa. Las personas mayores de 60 años o con afecciones médicas de alto riesgo, como hipertensión, diabetes, enfermedad cardíaca, enfermedad pulmonar, sistema inmunitario comprometido, embarazadas o posparto, deben aislarse en el hogar.

• Los huéspedes de hoteles en algunas áreas pueden estar sujetos a límites de ocupación o solicitar una carta del empleador que certifique la naturaleza esencial de su negocio. Los huéspedes del hotel que presenten síntomas respiratorios serán remitidos a las autoridades sanitarias. Como recordatorio, el gobierno de EE. UU. no paga el alojamiento u otros gastos incurridos debido a las interrupciones de viaje al extranjero.

• Algunos estados y municipios han implementado restricciones adicionales en reuniones públicas, transporte, operaciones comerciales y operaciones gubernamentales si las condiciones de salud lo justifican y / o desarrollaron sistemas de semáforos separados de aquellos a nivel federal. Varios estados y municipios han impuesto toques de queda y restricciones de movimiento en actividades no esenciales y han exigido a los ciudadanos que usen máscaras cuando están fuera del hogar. En algunas áreas, los funcionarios pueden emitir multas y / o arrestar y detener a personas que violenten las órdenes de quedarse en casa. El 22 de julio, las autoridades de Salina Cruz, Oaxaca, advirtieron que cualquier persona que no use una cubreboca sera multada con al menos $1,500 MXN.

• Por favor consulte la información adicional sobre estas restricciones y enlaces a sitios web estatales COVID-19 en la sección “Recursos locales” a continuación. Esta información no es exhaustiva y está sujeta a cambios sin previo aviso. Por favor confirme directamente con el gobierno y otras fuentes confiables para obtener más información sobre cierres y restricciones en diferentes estados y municipios mexicanos.

 

Operaciones consulares: 

 

• Los ciudadanos estadounidenses que necesiten asistencia de emergencia las 24 horas, los 7 días de la semana, pueden llamar al (55) 8526-2561 desde México, o bien al 1 (800) 528 6611 desde los Estados Unidos.

• Servicios para ciudadanos estadounidenses (ACS), por sus siglas en inglés / Servicios de pasaportes: Los Consulados Generales de Estados Unidos en Ciudad Juárez, Guadalajara, Hermosillo, Matamoros, Mérida, Monterrey, Nogales, Nuevo Laredo, y Tijuana, así como las Agencias Consulares de Acapulco, Cancún, Mazatlan, Oaxaca, Piedras Negras, Playa del Carmen, Puerto Vallarta, y San Miguel de Allende tienen citas limitadas disponibles para algunos pasaportes de rutina, ciudadanía y servicios notariales. La disponibilidad de pasaportes, ciudadanía y citas de notarías estarán estrictamente limitadas debido a los requisitos de distanciamiento social en nuestras oficinas y salas de espera públicas. Cada solicitante requiere su propia cita. Todos los visitantes de la embajada y consulados mayores de dos años deben usar cubrebocas en todo momento.

• En este momento, la Agencia Consular de Los Cabos , sólo puede brindar servicios de emergencia. Comuníquese con esta oficina por correo electrónico para obtener más información sobre la disponibilidad de pasaportes de emergencia o servicios notariales.

• Las citas para solicitudes de pasaporte y ciudadanía que requieren una entrevista personal (los solicitantes menores de 16 años, pasaportes de adultos por primera vez, reemplazo de un pasaporte perdido o robado, y los Reportes consulares de nacimiento en el extranjero) y para los servicios notariales están disponibles en nuestro sitio web. Debido al número limitado de citas disponibles, es posible que no haya vacantes visibles en el sitio web. Si no hay citas disponibles cuando revise el calendario en línea por primera vez, por favor revise el calendario para citas recién liberadas y cancelaciones diarias. Todas las citas y vacantes están sujetas a cambios y cancelaciones basadas en condiciones de salud locales.

• Si no puede encontrar una cita abierta y tiene planes de viaje urgentes (dentro del mes siguiente) u otra necesidad de emergencia para un pasaporte, comuníquese con la localidad más cercana por correo electrónico para solicitar una cita de emergencia.

• Como recordatorio, los niños ciudadanos estadounidenses no requieren un CRBA para calificar para un pasaporte de emergencia.

• Beneficios Federales: La Unidad de Beneficios Federales en México, continuará brindando servicios que no requieran una entrevista en persona. Para las personas que residen en México y tengan alguna pregunta o inquietud relacionado con el número de Seguro Social´, beneficios del Seguro Social u otros beneficios federales, comuníquese con: [email protected] , [email protected] , o [email protected] .

• Servicios de visas:   La Embajada y los Consulados de los Estados Unidos están ofreciendo servicios de visa de emergencia, servicios de visa con exención de entrevista, y servicios de renovación de visa. Las citas de rutina para visas de turista permanecen suspendidas en este momento en todo México, y sólo se estarán atendiendo los casos que cumplen con los requisitos para el procesamiento de emergencia o que son elegibles para la renovación con exención de entrevista. Para mas información acerca de los servicios disponibles en cada localidad, favor de visitar la pagina del estado de operaciones consulares. 

• Se están procesando los solicitantes que buscan renovar sus visas y que cumplen con los requisitos para una exención de entrevista en cualquier categoría de visa. Los solicitantes deben esperar un tiempo de espera más largo de lo normal para este servicio y planificar con suficiente tiempo su viaje. Los solicitantes pueden programar una cita de renovación en https://ais.usvisa-info.com/es-mx/niv . Los requisitos de elegibilidad para la renovación de la visa se pueden encontrar en https://ais.usvisa-info.com/es-mx/niv/information/required_docs . A causa de las restricciones de capacidad y medidas de precaución por el COVID-19, los solicitantes deben esperar retrasos en la disponibilidad de sus citas. Si los solicitantes necesitan viajar urgentemente, pueden seguir las instrucciones para una cita de emergencia en https://ais.usvisa-info.com/en-mx/niv/information/faqs#need_earlier_appt.

• Las citas de rutina para los solicitantes que no residen habitualmente en México no están disponibles en este momento. Cualquier solicitante que actualmente resida en los Estados Unidos y que busque extender su estadía legal deben comunicarse con los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos en este enlace (https://www.uscis.gov/es/visita-a-los-estados-unidos/extienda-su-estadia ). Las oficinas de visas en México no pueden otorgar citas de emergencia para solicitantes que se encuentran actualmente en los Estados Unidos, excepto en circunstancias muy limitadas. Si cree que su caso califica para una cita de emergencia, como un caso de interés nacional, comuníquese con nosotros en [email protected] .

• Para los solicitantes de visas de inmigrante, el Consulado General de Estados Unidos en Ciudad Juárez ha reanudado el procesamiento de visas de inmigrante de rutina de forma muy limitada, comenzando con los cónyuges, hijos y prometidos de ciudadanos estadounidenses cuyas citas fueron canceladas en Marzo y Abril de 2020. También hay disponibilidad de citas de emergencia para visas de inmigrante en casos de adopciones y para casos que cumplan determinados criterios de emergencia. Para obtener más información e instrucciones sobre cómo solicitar una cita de emergencia, visite https://mx.usembassy.gov/es/consular-services-es/ .

• Si usted tiene alguna consulta específica sobre su caso de visa de no inmigrante, el solicitante o el tutor legal del solicitante puede comunicarse con nosotros aquí. Si su caso es de visa de inmigrante, contáctenos aqui y use el formulario de consulta para solicitar una cita de emergencia. Las solicitudes de citas de emergencia de visa de inmigrante se considerarán sólo cuando el solicitante supere su capacidad para calificar como derivativo, o en caso de emergencias.

• Para proteger la salud y seguridad de nuestro personal y del público, seguimos estrictas prácticas de distanciamiento social en nuestras instalaciones. Todos los solicitantes deben usar máscaras faciales en nuestros centros de servicio para solicitantes y en las salas de espera de nuestra unidad de visas. Cualquier solicitante con síntomas como tos, dolor de garganta o fiebre debe reprogramar su entrevista comunicándose con nosotros en [email protected] .

• Si usted tiene alguna otra pregunta, envíe un correo electrónico a: [email protected] .

Recursos locales:

• Llame a la línea directa COVID-19 de la Secretaría de Salud de México al 800 0044 800 para obtener información o atención médica. Los operadores de inglés a veces, pero no siempre, están disponibles.

• Los números de teléfono locales para la asistencia COVID-19 en cada estado están disponibles aquí: https://coronavirus.gob.mx/contacto/ 

• Los ciudadanos estadounidenses en México con preguntas sobre las políticas de migración mexicanas deben comunicarse con las autoridades locales de inmigración para obtener información.

• Consulte la aplicación COVID-19MX de la Secretaria de Salud que proporciona información en español sobre COVID-19 y los recursos de atención médica local. Incluye información de contacto para los proveedores de atención médica, una herramienta de diagnóstico interactiva que analiza los síntomas reportados y aconseja si buscar o no atención médica, la ubicación del centro de atención médica más cercano, las últimas noticias relacionadas con COVID-19, y consejos sobre cómo prevenir la propagación de la enfermedad. La aplicación está disponible a través de las tiendas mexicanas de iOS y Android.

• A continuación, encontrará información sobre las respuestas a nivel estatal y municipal a la pandemia COVID-19, así como los enlaces a los sitios web oficiales del estado COVID-19. Tenga en cuenta que la situación está cambiando rápidamente y que la información proporcionada aquí sobre las restricciones locales y estatales está sujeta a cambios sin previo aviso y puede no ser exhaustiva.

• Otros enlaces:

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