Coronavirus

Juez pide a AMLO diferir impuestos a empresas ante coronavirus

El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, cuenta con 24 horas para responder.

por Agencias

07/04/2020 08:39 / Uniradio Informa / Coronavirus / Actualizado al 17/02/2023

- AMLO tiene 24 horas para responder al juez.

 

MÉXICO.- El presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, cuenta con 24 horas para responder, luego que el secretario del juzgado Tercero de Distrito de San Luis Potosí, Alejandro Zavala Parra, en funciones de juez, le solicitara acciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 39, fracción I, del Código Fiscal de la Federación.

 

Lo anterior, a fin de que López Obrador se pronuncie mediante resoluciones de carácter general, sobre condonar o eximir, total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios dada la contingencia de coronavirus en el país, publicó Milenio.

 

 

El artículo 39 de dicho código, establece la emisión de resoluciones de carácter general relacionadas con las acciones de condonar o eximir, total o parcialmente, el pago de contribuciones y sus accesorios, autorizar su pago a plazo, diferido en parcialidades, cuando se haya afectado o trate de impedir que se afecte la situación de algún lugar o región en el país, en casos de catástrofes sufridas por fenómenos meteorológicos, plagas o epidemias. 

 

Lo anterior trascendió luego que la empresa Cano Soto y Asociados S.A. de C.V, interpusiera un amparo para exigir al presidente de México y a otras autoridades que no han acatado lo que dicta el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación. 

 

La empresa Cano Soto y Asociados S.A. de C.V señaló que busca continuar cumpliendo con sus obligaciones fiscales pese a la emergencia que está poniendo en riesgo el empleo de los trabajadores de su compañía. 

 

“…se decreta la suspensión de plano del referido acto reclamado para el efecto de que la autoridad responsable dicte la medidas y acciones para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 39, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, en el sentido de pronunciarse, mediante resoluciones de carácter general, sobre condonar o eximir, total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios…”, porque se trata de un tema de interés público, refiere el documento acorde a Milenio.