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Oficiales no podrán usar armas fuera de horario de servicio: Fedabo

Ley de seguridad estatal fue mal legislada así lo confirmó el presidente de la Federación Estatal de Colegios, Barrad y Asociaciones en Baja California

Presidente de la Federación Estatal de Colegios, Barrad y Asociaciones en BC, Ha
Presidente de la Federación Estatal de Colegios, Barrad y Asociaciones en BC, Ha Archivo

por Octavio Fabela

29/09/2023 16:20 / Uniradio Informa / Gobierno / Actualizado al 29/09/2023

BAJA CALIFORNIA.- La reforma al artículo 46 de la Ley Estatal del Sistema de Seguridad Ciudadana de Baja California se contradice, estuvo mal legislada y contrario a lo que sucede en otras entidades del país.

Explicó el presidente de la Federación Estatal de Colegios, Barrad y Asociaciones en Baja California (Fedabo), Hassan Martín Franco Ríos que la licencia colectiva de portación de arma de los agentes de seguridad pública impide que los oficiales puedan utilizar su arma de cargo fuera de su horario de servicio.  

Detalló con esa ley la licencia que otorga a elementos de la Sedena que las armas son para Protección Ciudadana, luego la Ley dice que el activo se podrá llevar su arma a su domicilio siguiendo una serie de requisitos estos requisitos que son solicitarlo por escrito y no tener carta de antecedentes penales, no ser parte de un procedimiento penal, entre otros.

"El secretario de Seguridad Pública del Estado manifestó que la licencia no te permite llevarte el arma y dice que la propia licencia que si se incumple y agarran al activo en la calle, va a ser puesto a disposición de la Fiscalía Federal entonces es un incongruencia" refirió el presidente de la Fedabo
 

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