(EL UNIVERSAL).- ¿Habrá puente este primero de mayo? Es la pregunta que miles de cibernautas se han cuestionado luego de regresar de las vacaciones de Semana Santa, pero no habrá puente. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), el 1 de mayo es uno de los días festivos oficiales. El Artículo 74 de la LFT dispone que el 1 de mayo es día descanso obligatorio; pero, a diferencia de lo que ocurre con otras fechas como el 5 de febrero y 21 de marzo, este día no se recorre para el primer lunes del mes. ¿Habrá mega puente? Como este primero de mayo cae en día domingo, no habrá un mega puente, ni fin de semana largo. Sin embargo alumnos de nivel básico (preescolar, primaria y secundaria) no tendrán clases este viernes 29 de abril. De acuerdo con el calendario escolar de la Secretaría de Educación Básica (SEP), el primer fin de semana será el viernes 29 de abril reunión de Consejo Técnico Escolar (CTE) y ese día no habrá clases. Por lo anterior, los estudiantes juntarán su día de descanso con el 30 de abril, Día del Niño y el 1 de Mayo en el que se celebra el Día del Trabajo. El segundo fin de semana largo para alumnos de educación básica será hasta el próximo viernes 27 de mayo, igualmente por junta de Consejo Técnico Escolar. ¿Cuáles son los días de descanso obligatorio? Los días de descanso obligatorio de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo son los siguientes: 1 de enero 5 de febrero 21 de marzo 1 de mayo 16 de septiembre 20 de noviembre 25 de diciembre ¿Qué se celebra? El Día del Trabajo se conmemora internacionalmente desde 1889, como homenaje a estos obreros sindicalistas anarquistas de Chicago, en esta fecha se reivindica lucha de los obreros por sus derechos laborales. Con el transcurso del tiempo, la conmemoración de esta fecha se convirtió en una celebración tradicional, que pone de manifiesto, que la lucha por mejorar las condiciones laborales de los trabajadores sigue vigente. Según el portal de la Comisión Nacional de Los Derechos Humanos (CNDH), en México se conmemora el Día del Trabajo, luego de que el movimiento obrero se incorporara a los Derechos Sociales en la Constitución Mexicana en 1917, mismo que daría paso al Artículo 123, en donde se establecen los derechos laborales del trabajador.
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