México

Inatacable, decisión de la Suprema Corte sobre aborto por violación

Se determina que el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar.

por Notimex

07/08/2019 08:51 / Uniradio Informa / México / Actualizado al 17/02/2023

MÉXICO.- El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, aseguró que el aval a la Norma Oficial Mexicana (NOM) 046-SSA2-2005 que ordena a todos los hospitales públicos interrumpir los embarazos resultados de violación, es una decisión inatacable que busca proteger a las niñas y mujeres más vulnerables.

Señaló que aunque siempre ha habido una contraofensiva de grupos conservadores y que se trata de un debate que divide a la sociedad porque influyen creencias religiosas, lo correcto es una democracia constitucional que defina los derechos de la mujer.

Resaltó que hay un falso debate pues todos están a favor de la vida, "pero los jueces estamos por no criminalizar a la mujer pobre, porque la niña rica siempre ha tenido más posibilidades, y nosotros tenemos la obligación con las niñas y mujeres, de defender sobre todo a las más pobres, a las indígenas, a las que no tienen a nadie que hable por ellas”.

Ante ello, expresó en el noticiero Por la Mañana, de Ciro Gómez Leyva, hay quienes pueden impugnarlo (el aval) nuevamente, pero hay una mayoría muy sólida en la Corte y la modificación a la Norma “es correcta y acorde a la Constitución”.

El lunes pasado, la Suprema Corte avaló la NOM 046-SSA2-2005 que ordena a todos los hospitales públicos interrumpir los embarazos resultados de una violación sin necesidad de que la víctima denuncie el delito ante el Ministerio Público y sólo previa solicitud por escrito.

Para acceder a la interrupción legal del embarazo, la modificación a dicha norma establece que en el caso de niñas menores de 12 años, la solicitud se realizará por conducto del padre y/o la madre, o a falta de estos, por su tutor.

Se determina que el personal de salud que participe en el procedimiento de interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de la solicitante.

Al respecto, Arturo Zaldívar indicó, no obstante, que la Norma también establece que si algún médico o enfermera tiene “objeción de conciencia”, no se le puede obligar a practicar el aborto, pero los hospitales y clínicas públicos deben contar en todo momento con un número suficiente de médicos y enfermeras que no tengan ese reparo o creencias y lleven a cabo la operación.

Aclaró que quien objete lo anterior no será sujeto a ninguna acción legal para la medida que se aplica en todo el país, y agregó que sería perder el tiempo en caso de una objeción porque el tema de la Corte es muy claro, los que votaron en contra fue por cuestiones técnicas más que por temas de fondo.

Aún puede haber negativas para practicar abortos, advierte activistaPor: Sonia de Anda

TIJUANA.- Pese a que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que cualquier hospital público en el país debe practicar abortos a menores de edad y mujeres que argumenten haber sufrido violación, aun sin haber denunciado el delito, todavía se pueden registrar negativas que intenten retrasar el periodo legal para ese proceso, afirmó la coordinadora de la Red Iberoamericana Pro Derechos Humanos, Meritxel Calderón. 

“Las negativas siempre van a estar ahí en tanto los médicos que están en los hospitales públicos no conozcan bien como objetor de conciencia, ya tendrían ellas que ir a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, pero ahí no están preparados para atender estos casos tal vez por omisión, lo que podrían hacer es recurrir a nuestra organización a la Red Iberoamericana de Derechos Humanos y le daríamos el acompañamiento necesario para que ella misma busqué exigir su derecho”, comentó.

Calderón explicó que la Corte con su fallo reafirma el derecho a las féminas, incluso menores de edad a obtener tal procedimiento en un hospital público.

“En el caso de la reforma donde obliga que las niñas adolescentes que viven un embarazo por causa de una violación pueden ir a solicitarlo ellas mismas sin necesidad de un padre o tutor por un lado, y por el otro que las mujeres víctimas de violencia sexual no necesitan llevar la denuncia al Ministerio Público sino diciendo por escrito que fueron víctimas de violencia sexual en cualquier hospital público, se les debe de hacer la interrupción del embarazo si se está dentro del plazo que es legal, o sea nos está hablando aquí que después de la semana 12 el hospital estará obligado porque ahí sería otro asunto y otra circunstancia”, explicó.

Luego de que en el 2016 el diputado, Rodolfo Olimpo del Partido Encuentro Social y Mario Osuna del PAN promovieron una controversia constitucional en contra de las reformas a la Norma Oficial Mexicana 046 en las que se establecía las vías que podía usar una mujer que era víctima de delitos sexuales para interrumpir el embarazo, la activista sostuvo que debido a la oposición del gobierno de Baja California y de su congreso, el derecho a la interrupción del embarazo por una violación queda reafirmado.

“En 2009 el gobernador de Jalisco ya había presentado una acción de inconstitucionalidad precisamente contra la NOM 046 porque decía que él no tenía porque poner presupuesto del estado para hacer una acción federal en la que su código penal le estaba prohibido esa acción, la pierde y esta es una segunda intentona del Gobierno de Baja California a través del Congreso del Estado, en su momento Olimpo y del Congreso de Aguascalientes que en este caso la Suprema Corte lo desecha con 8 votos a favor y entonces nos reafirma a las mujeres que tenemos el derecho a la interrupción del embarazo en caso de violación, mientras este dentro de la semana 12, ahora ya es más público que es una obligación del estado y se aclara la situación de la objeción de conciencia porque lo que hacían en Baja California en algunos hospitales como Mexicali era contratar pura gente que objetara de conciencia para que no se diera el servicio en el hospital”, puntualizó.

Asimismo, destacó que la intervención de grupos del emblemático caso Paulina que impidieron que siendo una menor de 13 años abortara pese a ser víctima de abuso sexual, hoy es ejemplo de la falta de seguimiento.

“Vemos un caso al año después del caso Paulina y lo que vemos de verdad con un poco de rencor es que las organizaciones de Ciudad de México que vinieron a operar el caso Paulina, que hicieron libros y explotaron el asunto como pudieron no le dieron seguimiento, nada más se conformaron con el boom del momento de hacerlo público en medios y en realidad no le han dado acompañamiento y seguimiento a Paulina, el niño ya tiene más de 18 años y no veo que realmente el estado le esté apoyando, se dice por ahí que el muchacho ya cayó en las adicciones”, concluyó.