México

Ordenan a padres agresores ceder pasaporte de hijos

Ordenar a personas agresoras entregar el pasaporte de sus hijos menores de 18 años para su resguardo mientras un juez determina la custodia en casos d

20230215072358_219
20230215072358_219

por Agencias

15/02/2023 07:50 / Uniradio Informa / México / Actualizado al 17/02/2023

 

CIUDAD DE MÉXICO,  (EL UNIVERSAL).- Ordenar a personas agresoras entregar el pasaporte de sus hijos menores de 18 años para su resguardo mientras un juez determina la custodia en casos de violencia intrafamiliar es constitucional, determinó este martes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Por mayoría de seis votos, el pleno del Máximo Tribunal declaró la validez del artículo 63 fracción XI de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la CDMX, impugnado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCDMX). Dicho artículo prevé como medida de protección ordenar a personas agresoras entregar el pasaporte de sus hijos menores de 18 años para su resguardo.

 

Lo anterior, en tanto el juez de lo familiar determina la custodia o el régimen de visitas, según sea el caso.

 

La mayoría de ministros avaló el proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, al considerar que se apega a la obligación de juzgar con perspectiva de género, velando por el interés superior de la niñez como principio orientador de la función jurisdiccional.

 

La medida busca, detalla el proyecto, garantizar el cumplimiento de la obligación internacional asumida por el Estado mexicano de incluir en la legislación interna normas penales, civiles y administrativas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como salvaguardar los derechos de niñas, niños y adolescentes.

 

Esta medida fue añadida en el año 2020 mediante una reforma a la Ley de Acceso de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia en la Ciudad de México. El proyecto obtuvo el reconocimiento de las y los ministros de la SCJN, pues se apega a la obligación de juzgar con perspectiva de género, velando por el interés superior de la niñez como principio orientador de la función jurisdiccional.

 

Garantiza el cumplimiento a la obligación internacional de incluir en la legislación interna normas para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como salvaguardar los derechos de las y los menores.