Se terminaron las excusas para jueces que liberan criminales El diputado Héctor Cruz anunció que fueron votadas en el Congreso las modificaciones a la ley para terminar con las lagunas legales.
-El diputado Héctor Cruz anunció que fueron votadas en el Congreso las modificaciones a la ley para terminar con las lagunas legales. CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de diputados aprobó esta semana una serie de reformas en materia de seguridad y justicia que no dejarán excusas para que jueces liberen a criminales claramente peligrosos utilizando lagunas jurídicas, así lo anunció el diputado federal por Tijuana, Héctor Cruz. La modificación al artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales lo armoniza con la Constitución, y dejará de ser motivo para que abusadores sexuales de menores de edad, feminicidas, criminales con armas de grueso calibre, entre otros, lleven su proceso en libertad y ahora lo harán recluidos en un centro penitenciario mientras se les dicta sentencia. “Es un reclamo directo de la sociedad, pero sobre todo de las víctimas. Lo veníamos trabajando desde el periodo legislativo pasado pero por diversas razones se había retrasado. Por fin se aprobó y me da mucho gusto poder anunciarle a los tijuanenses que si ahora un juez libera a un criminal no tendrá el amparo de la ley”, explicó Cruz. De esta forma, el beneficio de libertad condicionada, libertad anticipada y sustitución de las penas no serán otorgadas en ningún momento a culpables de feminicidio, violación y homicidio calificado y agravado. Otro avance legislativo fue que los delitos sexuales cometidos contra menores de edad, como abuso sexual, pornografía, turismo sexual, pederastia y trata de personas, no podrán prescribir hasta después de que la víctima cumpla 30 años de edad. Héctor Cruz apuntó que legislar para que los criminales dejen de salir libres gracias a tecnicismos legales fue un compromiso hecho con la ciudadanía desde que buscó el voto; ahora habrá que vigilar que los operadores del sistema de justicia cumplan con lo que señala la ley. También se realizaron modificaciones al artículo 390 del Código Penal Federal para que quien extorsione a menores de edad, adultos mayores o discapacitados sea un agravante, y peor aún si se trata de funcionarios o exfuncionarios públicos; el delito de extorsión ahora será investigado como conducta de Delincuencia Organizada. A partir de la publicación de las modificaciones en el Diario Oficial, entrarán en vigor en todo el país.
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