Consecuencias de aparecer en la lista OFAC como Julión y Rafa Márquez OFAC, aplica sanciones económicas impuestas por Estados Unidos contra diferentes países o individuos, de acuerdo a sus objetivos de seguridad nacional
El 9 de agosto pasado los medios de comunicación dieron a conocer la incorporación de dos mexicanos famosos a la lista de personas bloqueadas por la Office of Foreign Assets Control (Oficina de Control de Activos Extranjeros), organismo dependiente de la Oficina de Terrorismo e Inteligencia Financiera del Departamento del Tesoro de Estados Unidos: Rafael Márquez y Julión Álvarez. La Office of Foreign Assets Control, OFAC, aplica sanciones económicas impuestas por Estados Unidos contra diferentes países o individuos, de acuerdo a sus objetivos de seguridad nacional y son utilizadas para prevenir que los países, entidades e individuos utilicen el sistema financiero estadounidense para propósitos contrarios a la seguridad nacional. Sanciones de la OFAC Programas de sanciones generales que prohíben las transacciones con todos los individuos y empresas de un país, actualmente Cuba, Irán, Corea del Norte entrarían dentro de esta categoría. Programas específicos de sanciones que prohíben transacciones con individuos designados o entidades que estén en ciertos países o están comprometidos con el terrorismo, la proliferación de armas de destrucción masiva o el narcotráfico internacional. Para que los residentes estadounidenses eviten estas sanciones, la OFAC publica una lista de los países, organizaciones o personas con las que no deben hacer negocios ni efectuar transacciones. Esta lista se conoce como Specially Designated Nationals (SDN) cuya traducción sería Personas Especialmente Designadas. Si un ciudadano o empresa realiza transacciones con alguien de esta lista, puede estar sujeto a multas civiles y también sanciones penales. La lista está en constante actualización y se puede consultar en la página web de la OFAC. Es responsabilidad de las entidades y empresas imponer mecanismos de detección y la identificación de los receptores de envíos de dinero para impedir que los sujetos, entidades o países que están incluidos en la lista SDN sean receptores de transferencias económicas realizadas desde Estados Unidos. Tienen la obligación de informar inmediatamente de cualquier transacción. Efectos en México La Secretaría de Hacienda debe poner a disposición de las instituciones financieras estas listas, al existir convenios internacionales firmados por México; las instituciones deben suspender de inmediato cualquier acto, operación o servicio con esos clientes y en 24 horas remitir un informe a la Unidad de Inteligencia Financiera, (UIF),consistente en inmovilizar cuentas bancarias y recursos financieros. Las entidades financieras deben informar por escrito a los cuentahabientes y éstos podrán acudir dentro de los 10 días siguientes a la UIF a aportar elementos de prueba y alegatos por escrito. Si se determina en el procedimiento que los recursos provienen de actividades lícitas se reanudan de inmediato los actos con dichos clientes. Durante la suspensión la UIF puede autorizar que las personas bloqueadas cuenten con recursos para gastos básicos, impuestos, seguros, electricidad y agua. INTELLEX: Soluciones Fiscales, considera que ni Julión Álvarez ni Rafael Márquez están siendo acusados hasta el momento de narcotráfico o lavado de dinero, sus nombres forman parte de una investigación llevada a cabo en Estados Unidos; las autoridades mexicanas sólo cooperan con las estadounidenses pues en México no tienen abierta ninguna investigación. Tanto en nuestro país como en Estados Unidos, no basta con ser penalista para atender este tipo de requerimientos de la autoridad, se requiere un experto en prevención de lavado de dinero.
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