Reparto de utilidades 2024: ¿Cómo saber si se generó utilidades? La empresa está obligada a repartir sus utilidades si tuvo un ingreso anual superior a 300 mil pesos
(EL UNIVERSAL).- El reparto de utilidades es una prestación que las empresas y patrones entregan por ley a los trabajadores durante mayo y junio. La empresa está obligada a repartir sus utilidades si tuvo un ingreso anual superior a 300 mil pesos, pero quedan exentas de realizar el reparto en caso de que tengan menos de un año de operaciones o dos en el caso de que elaboren un producto novedoso, conforme a la Ley Federal del Trabajo. De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, los empleadores deben entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración fiscal anual, en la cual se señala el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio. En caso de no recibir el reparto de utilidades, tienes dos opciones: Acudir ante la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para levantar una queja. Dicha instancia tiene la obligación de atender esas quejas y resolverlas en un plazo relativamente corto. La Procuraduría solicitará al patrón que exhiba los documentos que acrediten si existe el reparto de utilidad correspondiente a este ejercicio, o en todo caso si no hubo utilidad, aclarar ese punto con el trabajador. Asimismo, pone a disposición de los trabajadores los servicios de orientación gratuita para el reparto de utilidades en los teléfonos 018007172942 y 018009117877, a través del correo electrónico [email protected]. También puedes acudir de manera presencial a sus 48 oficinas en todo el país, además de contar con redes sociales en X y Facebook. La segunda opción es que demandes ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para efecto de hacer ese reclamo y que se resuelva el caso para que le puedan hacer el pago correspondiente, ya que es una obligación de todos los patrones que hayan generado utilidad hacer ese reparto. Cabe mencionar que el 31 de mayo es la fecha límite para recibir tus utilidades, por lo que la empresa o los patrones deberán proporcionar dicho pago.
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