Con nueva Ley de Amparo no se podrá proceder contra actos de la UIF: expresidente Fedabo BC La propuesta no tuvo modificaciones de fondo, por lo que especialistas consideran que los cambios no son trascendentales.
TIJUANA.- El Senado de la República aprobó la reforma a la Ley de Amparo y la envió a la Cámara de Diputados para su revisión.La propuesta no tuvo modificaciones de fondo, por lo que especialistas consideran que los cambios no son trascendentales."Hubo un ajuste en la Cámara de Senadores con respecto a la discusión que se tenía sobre el interés legítimo. Este sí se amplió a que el juicio de amparo se pueda promover de manera activa y que le sea salvaguardado el interés legítimo de estas partes", comentó.El expresidente de la Federación de Abogados de Baja California (FEDABO), Martín Hassan Franco Ruíz, explicó que únicamente se amplió el interés legítimo para que los juicios puedan promoverse de manera colectiva. Esto permitirá que grupos de ciudadanos defiendan derechos compartidos."Anteriormente, cuando un juez multaba a una autoridad, el funcionario era el que pagaba la multa de su bolsillo y eso ocasionaba que automáticamente diera cumplimiento a la orden del juez", expresó.Destacó que se mantiene la limitante para que las suspensiones no procedan contra actos administrativos de la Unidad de Inteligencia Financiera, lo que ha generado inconformidad en distintos sectores sociales."Con esta nueva ley, los ciudadanos estaremos pagando de nuestros impuestos los desacatos que la propia autoridad haga".Agregó que otro cambio aprobado establece que las multas por desacato a órdenes judiciales ya no serán pagadas por los funcionarios responsables, sino por las dependencias públicas, lo que implica que estos costos recaerán en el erario.
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