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Ley sobre desaparición en Baja California: primer paso para la protección de personas desaparecidas, CICR y la ONU-DH

Ambas organizaciones impulsaron espacios informativos y de consulta con colectivos de familias en  búsqueda de sus seres queridos y brindaron asesoría técnica al Congreso estatal

Concepto de ley y justicia
Concepto de ley y justicia Archivo

04/04/2024 11:55 / Uniradio Informa / Sociedad / Actualizado al 04/04/2024

BAJA CALIFORNIA.- El Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la Oficina en México del Alto  Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) reconocen que la nueva  Ley sobre desaparición y búsqueda de personas para el estado de Baja California representa un  importante avance para la protección jurídica de las personas desaparecidas y sus familiares a nivel  estatal. Ambas organizaciones subrayan que, para asegurar su efectiva implementación, es necesario  garantizar un presupuesto adecuado y el derecho a la participación de las familias de personas  desaparecidas. 

El CICR y la ONU-DH destacan la incansable labor de las familias de personas desaparecidas en la  construcción de este marco jurídico a través de mesas de trabajo convocadas para el diseño de la ley,  acciones para destacar su importancia y propuestas para nutrir su contenido. Posteriormente, tras un  extenso proceso de redacción en el Congreso estatal, esta legislación fue aprobada el domingo 31 de  marzo. Alentamos a su pronta promulgación y publicación. 

Ambas organizaciones impulsaron espacios informativos y de consulta con colectivos de familias en  búsqueda de sus seres queridos y brindaron asesoría técnica al Congreso estatal; de igual forma,  participaron en el ejercicio de parlamento abierto para la construcción de la ley. El CICR y la ONU-DH  enfatizaron la necesidad de garantizar el derecho a la participación conjunta de las familias en todas  las etapas del proceso legislativo, pues son sus experiencias las que deben constituir el eje central de  toda ley en materia de desaparición, para que responda integralmente a sus necesidades. 

El CICR y la ONU-DH subrayan como un logro que la ley de Baja California sea la primera a nivel estatal  en incluir un capítulo específico sobre identificación humana, que reconoce el derecho de toda persona  a ser identificada y establece la obligación de las autoridades de colaborar en los procesos científicos  de identificación. Asimismo, contempla los elementos mínimos que deben tener los protocolos de  identificación, para que las autoridades competentes cuenten con estándares homologados. 

Además, este marco normativo establece la organización y operación de la Comisión Local de  Búsqueda y su coordinación con la Fiscalía Especializada en materia de Desaparición Forzada y  Desaparición Cometida por Particulares.  

Será fundamental que en su aplicación las autoridades cumplan con sus atribuciones en la  recuperación de cuerpos de personas fallecidas y aseguren una adecuada trazabilidad que permita  seguir su rastro, en conformidad con la normativa nacional e internacional. 

El importante avance que representa este marco jurídico para el fortalecimiento de la búsqueda e  identificación de personas en Baja California debe ser consolidado mediante la asignación de los  recursos necesarios -materiales económicos, humanos y de infraestructura- que garanticen su  implementación efectiva.  

Ambas organizaciones recomiendan, además, la creación de lineamientos de operación de los registros  estatales en materia de personas desaparecidas, fallecidas no identificadas y el banco estatal genético,  con el fin de determinar las responsabilidades de las autoridades correspondientes para su  alimentación y gestión, ya que el marco legal aprobado no lo especifica. 

Además, basado en que la ley contiene un capítulo donde se establecen atribuciones y  responsabilidades de los ayuntamientos, las organizaciones sugieren la creación de las células  municipales de búsqueda como entes responsables de las búsquedas a nivel local y auxiliares de la  Comisión Local de Búsqueda de Personas.  

Finalmente, el CICR y la ONU-DH hacen un llamado a definir de forma transparente los requisitos de  consulta pública para la selección de la persona titular de la Comisión Local de Búsqueda, y subrayan  la importancia de llevar a cabo este proceso e implementar la ley conforme al principio pro persona,  respetando y garantizando efectivamente la participación activa de las familias en todas las etapas del  proceso de búsqueda, localización e identificación de sus seres queridos. 

El CICR y la ONU- DH recuerdan que México y otros países tienen responsabilidades según el derecho  internacional para prevenir la desaparición de personas, de abordar las necesidades de los familiares  que buscan conocer el paradero de sus seres queridos, sancionar a los responsables y reparar  integralmente a las víctimas. 

Como parte de su labor humanitaria, neutral e imparcial, desde 2017 el CICR ha desarrollado un diálogo  humanitario en Baja California con autoridades estatales y ha acompañado a familias de personas  desaparecidas en los procesos de reconocimiento de sus derechos. De igual forma, ha asesorado  técnicamente a las autoridades para impulsar un trato digno hacia los familiares que buscan a un ser  querido y elevar los estándares de las prácticas durante el proceso de búsqueda e identificación de  personas desaparecidas en la entidad.  

Como parte de su labor en favor de la defensa y protección de los derechos humanos, la ONU-DH ha  acompañado a autoridades, colectivos de familiares y organizaciones de la sociedad civil de Baja  California en el fortalecimiento de las capacidades encaminadas a proteger a todas las personas contra  las desapariciones forzadas bajo el marco de los compromisos internacionales adoptados por el estado  mexicano y las recomendaciones vertidas en la materia, favoreciendo en todo momento el respeto a  los derechos de las víctimas y sus familias.