Recomiendan tomar en cuenta los días de vacaciones del SAT y del Tribunal de Justicia Es importante anticiparse con sus trámites, o bien, conocer las fechas en que pueden recurrir a algún servicio de justicia de urgencia.
TIJUANA.- Para aquellas personas que se ven en la necesidad de recurrir a un servicio judicial o con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), durante el periodo de vacaciones, es importante que conozcan los horarios de guardia en los que pueden hacer uso de sus derechos. Así lo indicó la Lic. Daniella Martínez, CEO de TLC Asociados, quien comentó que, en el caso del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la autoridad dispuso de un horario de guardias en las Oficialías de Partes de las Salas del Tribunal. Dichas Oficialías, dijo, estarán abiertas de 9:00 a 15:00 horas, durante los días 16 al 20, 23, 24, 26, 27, 30 y 31 de diciembre de 2024. "El objetivo es garantizar la atención durante el segundo periodo vacacional de 2024, no obstante, se recomienda a la población el planificar con anticipación para evitar problemas y consultar con un experto legal si surgen dudas", anotó. Asimismo, el verificar cuidadosamente las fechas límite para la presentación, pues cabe recordar que el artículo 65 de la Ley Orgánica del Tribunal estatuye entre otras cuestiones, que se regulan los dos periodos de vacaciones anuales, guardias, recepción de promociones y suplencia de presidentes del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. "Durante las vacaciones, se suspenderán las labores generales del Tribunal y no correrán los plazos; además, la Junta de Gobierno y Administración determinará el personal que deberá realizar guardias durante las vacaciones, en tanto que las promociones sólo se recibirán en las horas hábiles que determine el Pleno General del Tribunal", apuntó. No obstante, el mismo artículo señala que el personal de guardia atenderá y resolverá, en los casos urgentes que no admitan demora, las medidas cautelares y suspensión. "Entonces, en caso de que algún acto o resolución administrativa, por sus características requiera de una atención inmediata para evitar que se produzcan daños o perjuicios irreparables al contribuyente en el ámbito del derecho se podrá presentar la demanda respectiva para proteger los derechos y evitar daños graves", afirmó la directiva. Por otro lado, Daniella Martínez mencionó que el SAT también dio a conocer sus días inhábiles para el próximo año, a través de la "Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y anexos 1, 1-A, 14, 15 y 29". "Este anuncio es clave para contribuyentes y asesores fiscales, ya que permite planificar con antelación las actividades relacionadas con trámites y cumplimiento fiscal", destacó la directiva. De esta forma, el segundo periodo general de vacaciones de 2024 del SAT comprende del 23 al 31 de diciembre de 2024, sin embargo, para mayor información o asesoría sobre este y otros temas fiscales puede comunicarse al correo [email protected].
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