Sonora.- A mediados del 2020, un niño de 7 años de edad, nacido en los Estados Unidos de América y que habita con su familia en la comunidad de Bacanuchi, en Arizpe, Sonora, sufrió una grave fractura de brazo que requería atención más especializada que lo que podían proporcionar en el Centro de Salud Rural de la comunidad, a donde acudió. Al no haber transporte público ni servicio de ambulancias, el niño fue trasladado un día después a un hospital público en Cananea, donde se atendió lo urgente, pero el hospital informó a la familia que era necesario realizar una intervención quirúrgica en la capital, y que, tanto el servicio de traslado como la operación no serían gratuitos debido a que el niño no es mexicano. Esta situación, orilló a la familia a acudir a un servicio médico privado, donde controlaron el dolor del menor de edad; sin embargo, la condición del niño requería una operación que resultaba incosteable. Bacanuchi es una de las ocho comunidades afectadas por el derrame del 2014 provocado por la mina Buenavista del Cobre, del Grupo México y es la población más próxima a esta mina – primera en producción de cobre en el país y la quinta a nivel mundial–. En contraste con las grandes riquezas e infraestructura que acumula esta empresa, en el pueblo de Bacanuchi los servicios de salud son precarios, no se cuenta con transporte público, y los caminos en mal estado, dificultan los accesos a la comunidad. De hecho, el Centro de Salud Rural se encuentra abierto y operando gracias a la organización de la comunidad que presentó un amparo en 2020 en el que se dictaron medidas judiciales al respecto, mismas que subsisten a la fecha. La familia del niño, con el apoyo de PODER, presentó un amparo que pasó de un juzgado en Hermosillo a otro en Agua Prieta. Durante el trámite del juicio, gracias al dictado de una suspensión de plano, al niño se le practicó la cirugía que necesitaba con urgencia, días después del accidente. Sin embargo, el 8 de diciembre del 2020, el Juzgado Noveno de Distrito sobreseyó y negó el amparo. La sentencia fue impugnada por la familia y, tras un largo proceso que pasó por varios tribunales, el Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito, en Durango, en 1 Fuente: www.gmexico.com/GMDocs/Divisiones/DIV_ES_01.pdf auxilio del Tribunal de Hermosillo, resolvió revocar la sentencia del Juzgado y amparar al niño, ordenando lo siguiente: 1. Coordinación entre el Ayuntamiento de Arizpe y las diferentes autoridades para la adquisición de ambulancias que garanticen el traslado de niñas y niños. 2. Atención médica necesaria para el niño por parte del Hospital General de Cananea, sin importar que se encuentre naturalizado o no. 3. El establecimiento de políticas públicas específicas por parte del Gobierno de Sonora; para garantizar el acceso a la salud de las niñas, niños y adolescentes que necesiten atención médica especializada sin discriminación por su nacionalidad; así como la adopción de medidas inmediatas para que el niño no sea sujeto de actos discriminatorios y se asegure la atención médica integral que pueda necesitar, lo que se atenderá directo con la Secretaría de Salud. 4. La adopción de medidas progresivas necesarias por parte del Gobierno del Estado para lograr el pleno ejercicio del derecho a la salud del niño, habitante de Bacanuchi, hasta el máximo de los recursos disponibles. La sentencia atiende puntos importantes en la defensa de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, pues: analiza la relación entre la falta de ambulancias y la complejidad de los traslados como un obstáculo para que las personas podamos gozar del derecho a la salud, y concluye que el Ayuntamiento de Arizpe no cumplió con el cometido de trasladar al niño y que sus respuestas al respecto no fueron convincentes (hechos que ameritaban pronunciamiento en la sentencia, lo que corrigió el Tribunal); así mismo, en la revisión del amparo, el Tribunal identifica el acto discriminatorio como raíz del impedimento para acceder a los servicios de salud gratuitos y se pronuncia al respecto en el fallo. Lo anterior cobra relevancia puesto que el caso ocurrió en un estado fronterizo y con una presencia importante de familias binacionales. Esta resolución es un logro más de la comunidad de Bacanuchi por mejorar sus condiciones de vida.
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