Tijuana

Tribunal anula 'amonestación' de Sindicatura a exsecretario municipal

El exsecretario de gobierno de Tijuana, Carlos Mejía entregó este lunes en Sindicatura Procuradora la sentencia emitida por el Tribunal.

por Uniradio Informa

11/02/2019 19:10 / Uniradio Informa / Tijuana / Actualizado al 17/02/2023

Por: Sonia de Anda

TIJUANA.- El exsecretario de gobierno de Tijuana, Carlos Mejía entregó este lunes en Sindicatura Procuradora la sentencia emitida por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en la que revoca la amonestación pública que emitió en su contra esta instancia municipal,  por considerarla irregular y arbitraria.

“Finalmente se hizo justicia, en agosto de 2017 en este mismo lugar comenté que iba a regresar un día a traer una resolución favorable a un servidor y el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Baja California en su segunda sala dictó una resolución donde declara totalmente anula y declara improcedente la amonestación pública que se me había impuesto de manera absurda y arbitraria en el mes de agosto de 2017 y ese es el motivo de mi visita del día de hoy aquí, pero la sindicatura pudiera interponer un recurso de revisión si lo considera pertinente”, indicó Mejía.   

El exfuncionario calificó de absurdo, ilegal y arbitrario el procedimiento que le inició la sindica procuradora, Ana Marcela Guzmán, pues sólo buscaba afectar su imagen y sobre todo poner pretextos ante situaciones que enfrentó la actual administración en un inicio.

“Había que justificar de alguna manera las omisiones que ha cometido la administración, ustedes conocen el tema de los del gasto de casi 200 millones de pesos para rentar camiones de basura.  El tema de la inseguridad pública tan grave que existe en Tijuana, el tema del acoso sexual por el que acusaron a un funcionario del Instituto de la Juventud, conocen el tema de aquel funcionario de Sindicatura al que se le acusaba de extorsión al parecer por un empresario y así podríamos enumerar mucho, conocen el tema de los agravios del primer edil hacia los regidores de oposición mencionándoles que ningún chile les embona, etcétera, entonces yo me imagino que se acabaron los primeros meses y se acabaron los pretextos”, subrayó.

Luego de que en marzo de 2017 se inició un procedimiento de responsabilidad administrativa en su contra, por no haber firmado un acta de Cabildo 56 días después de haber dejado su cargo, indicó que el fallo de la segunda Sala del Tribunal de Justicia Administrativa es contundente, pues declara nula e improcedente la amonestación pública que había emitido en su contra la Sindicatura Procuradora de Tijuana.

“En el texto de la resolución se menciona que si yo hubiera venido aquel 25 de enero de 2017, fecha en la que fui citado para firmar certificaciones de cabildo, a pesar de que como lo manifesté por escrito, no podía hacerlo porque incurriría en dos delitos, usurpación de funciones y además uso indebido del servicio público.  Aún así, se me inició el procedimiento y el tribunal afortunadamente señala de manera muy clara que no nada más hubiera cometido una falta administrativa si hubiera caído en esa jugarreta, sino además se hubieran cometido dos delitos y ahorita estaría en un serio problema, porque cuando se me citó ya tenía 56 días que no era servidor público”, subrayó.

Asimismo, apuntó que la resolución del tribunal establece que la Sindicatura no se apegó a lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Entrega y Recepción de los  Asuntos Públicos de Baja California.

“Cuando el funcionario entrante detecta algún tipo de error, falla, inconsistencia, irregularidades etcétera, deberá hacerlo del conocimiento del Órgano de Control que en este caso es la Sindicatura y que el Órgano de Control tiene la obligación de citar al funcionario saliente para efecto de que se le otorguen 30 días naturales y el servidor público solvente o aclare cualquier situación, el tribunal de justicia administrativa señala que no hubo un cumplimiento a lo que establece la Ley de Entrega y Recepción de los Asuntos Públicos que no dieron cumplimiento a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Además, señala de manera contundente la resolución, que nunca incurrí en una falta, que no tuve dolo en mi actuar, pero además que dejé la lista de pendientes cuando terminé mi función y señalé de manera muy clara, cuáles eran los pendientes que se tenían que desahogar en los siguientes 90 días”, concluyó.

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