Coronavirus

Exhortan a informar a trabajadores sus derechos ante contingencia

Dirigido al Poder Ejecutivo para que la STPS informe a trabajadores.
Uniradio Informa 26-03-2020

-Dirigido al Poder Ejecutivo para que la STPS informe a trabajadores.

MEXICALI.- Para proteger los derechos y salud de los trabajadores de Baja California durante la contingencia por COVID-19, la diputada Loreto Quintero Quintero presentó ante el Congreso del Estado un exhorto al Poder Ejecutivo con el fin de que la Secretaría del Trabajo instruya eficientemente a su personal en lo referente a sus derechos y obligaciones en la emergencia sanitaria.

La legisladora pidió al Congreso emitir el exhorto con el objetivo de que se difunda de manera preventiva, ante la pandemia generada por la enfermedad del coronavirus (COVID-19), información oficial de manera clara y sencilla entre trabajadores y patrones, de los supuestos en que procede legalmente la suspensión de labores en una empresa o establecimiento, en caso de una contingencia sanitaria determinada por la autoridad competente, acorde a lo previsto por los artículo 42 bis, 427, 428 y 429 de la Ley Federal del Trabajo, y por ende, de los derechos y obligaciones que entre dichas partes de la relación laboral, se generan y subsisten, en caso de presentarse una declaratoria de tal naturaleza.

“Estamos ya en fase dos de la contingencia, que se da al existir contagios locales de persona a persona. Ello ha motivado, la adopción de diversas medidas preventivas, destacándose la suspensión de clases en todos los niveles educativos, así como el cese de las actividades deportivas, recreativas y culturales, y en general, de cualquier evento masivo o con concentración de personas”, refirió la legisladora.

Advirtió que de avanzar dicha contingencia sanitaria en las próximas semanas, aumentando el número de casos registrados, podría adoptarse la suspensión de labores en los centros de trabajo.

“Este escenario, pone en duda la situación que vivirían los empleados de las empresas en relación al pago de sus salarios en caso de que éstas tuvieran que hacer un paro parcial o total de actividades”, expresó la diputada del grupo parlamentario del PAN.

Destacó que en caso de una suspensión de relación laboral por contingencia sanitaria, si el patrón pide a los trabajadores realizar actividades, aunque sea desde casa, está obligado a cubrir el salario completo como si estos acudieran al centro de trabajo, según el marco regulatorio vigente en la Ley Federal del Trabajo.

Por lo tanto, consideró necesario que la Secretaría del Trabajo garantice esa información y otra que pueda prevenir despidos injustificados, afectación de salarios y otros derechos laborales así como impedir que se incurra en irresponsabilidades por parte de empleador y trabajador.

Como Presidenta de la Comisión del Trabajo y Previsión Social de esta XXIII Legislatura, consideró fundamental la difusión de información oficial sobre este supuesto, a fin de no generar desinformación, y preservar el clima de estabilidad y tranquilidad laboral que siempre ha caracterizado a nuestro Estado.

Recordó que desde 2012 nuestra Ley Federal del Trabajo en sus artículos 42 bis, 427, 428 y 429, contempla la siguiente normativa:

La suspensión de actividades puede ser individual (un grupo de trabajadores), o bien colectiva (todos los trabajadores de la empresa).

El patrón no tiene que pedir autorización o dar aviso a la autoridad laboral, para realizar la suspensión de actividades, ya que procede a partir de la declaratoria de las autoridades sanitarias.

El patrón estará obligado a pagar una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente en la zona de que se trate, por cada día que dure la suspensión, sin que exceda de un mes.

La relación laboral subsiste, ya que solo queda suspendida temporalmente, por lo que las condiciones generales de trabajo no pueden ser modificadas (antigüedad, vacaciones, primas, etc), y menos aún puede despedirse a trabajadores bajo este supuesto.

Una vez que termina la contingencia, ya sea que se señale una fecha exacta en la declaración de contingencia sanitaria o que se emita un nuevo comunicado oficial señalando esta circunstancia, los trabajadores estarán obligados a reanudar sus actividades.

Finalmente, la legisladora hizo un llamado a proteger a los trabajadores en estos tiempos complejos, y poner especial atención para la protección de los grupos vulnerables que aún se mantienen productivos, como adultos mayores y personas con discapacidad.

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