Hermosillo

Ley castiga a quienes corten plantas en terrenos forestales

La Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable establece una sanción de seis a nueve años de prisión y una pena económica.
Uniradio Noticias 06-01-2021

Por Mónica Miranda

Hermosillo.- De seis a nueve años de prisión y una pena económica de cien a tres mil Unidades de Medida de Actualización (UMA), son las penas y sanciones que podrían imponerse a toda persona que sea sorprendida cortando o desmontando vegetación natural en un área protegida, de acuerdo con la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Luis Arvayo, representante del área de comunicación de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), dijo que la ciudadanía puede realizar denuncias vía redes sociales a la dependencia en caso de presenciar este tipo de actos, luego de que a través de publicaciones en Facebook se evidenciara a un particular cortando sahuaros en la zona de la invasión Altares, al sur de la ciudad.

“Otra es que la persona que esté cortando las plantas y sea sorprendida, será detenida por la policía municipal”, explicó.

Señaló que en 2020 se reformó la Ley General de Desarrollo Forestal para castigar a quienes destruyan plantas o vegetación en un terreno forestal, dentro o fuera del municipio.

“Un terreno forestal es un predio mayor a mil 500 metros cuadrados donde hay especies nativas, arboladas, y si ya se tienen mil 500 metros en terreno cuadrado, ya es competencia de la federación”, detalló.

En los reportes que se iniciaron vía redes sociales, se señala que un hombre se ha dedicado desde hace varias semanas a cortar los cactus de la zona de altares final para venderlos en domicilios cercanos a 3 mil pesos cada especie, y dicha acción debe ser reportada con evidencia a la Profepa, aclaró el funcionario federal.

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