México

Golpear a hijos no implica que se quite la custodia: SCJN

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que aplicar castigos físicos, no necesariamente implica que el padre pierda de manera inmed
Agencias 24-12-2020

-La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que aplicar castigos físicos, no necesariamente implica que el padre pierda de manera inmediata la custodia de sus hijos.

MÉXICO.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, indicó que la guarda y custodia de los hijos, no depende de manera directa si el padre que ejerce la tutela del menor impone castigos físicos, como golpes, en su contra.

La Sala Principal de la SCJN dictaminó que los golpes por parte de los padres o tutores no implican que éstos pierdan de manera automática la custodia de los hijos.

De acuerdo con lo informado por el organismo, cada caso en el que se solicite un cambio de guardia y custodia de un menor de edad por maltrato físico y corporal debe atenderse con base a todo el contexto que englobaba el incidente

Al señalar que la definición también debe contemplar la función del interés superior del niño en cuestión, la SCJN explicó que se deben analizar a detalle todos los elementos que estén relacionados con el caso para así ponderar el beneficio para el menor.

“Los actos de violencia física no conducen en automático a negar la función de la guarda y custodia al progenitor que ejerció la violencia para otorgarla al otro, sino que se deben ponderar todos los elementos del caso para garantizar que la decisión sobre quién ejercerá sus cuidados y quién mantendrá un régimen de convivencia con él, sea el escenario de mayor beneficio para el menor de edad”, explicó SCJN.

Asimismo, el amparo que determinó en la resolución se trató de un caso en el que un padre demandó el cambio de guarda y custodia de su hijo, dado que la madre de éste lo golpeó como parte de un castigo.

Ante esta demanda, la madre interpuso un amparo en el que manifestó que la agresión se trató de un hecho aislado y realizado como una medida disciplinaria, por lo que no concordaba con la definición de castigo que impone el Comité de los Derechos del Niño.

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