Sonora

Ley Ingrid en Sonora: prohibido exhibir cadáveres

Con base en la nueva disposición del Código Penal para el Estado de Sonora
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Uniradio Noticias 08-06-2022

Por Ángel Lozano

Hermosillo.- El pasado lunes 6 de junio, se publicó en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado el decreto que adiciona el artículo 167 Quater al Código Penal, para sancionar a quienes por cualquier medio filtren, distribuyan o compartan imágenes de personas fallecidas; esto en concordancia con lo que establece la Ley Ingrid aprobada por la Cámara de Diputados, y a su vez por el Congreso Local el 31 de marzo.

Con base en la nueva disposición del Código Penal para el Estado de Sonora, se establece que se le impondrán de 4 a 10 años de prisión y multa de 100 a 150 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización a quien grabe, comercialice, comparta, intercambie, publique o reproduzca, imágenes, audios o videos de cadáveres, sea en el lugar de los hechos o del hallazgo o en domicilio público o privado.

Añade que, la penalidad se incrementa hasta en una mitad tratándose de imágenes, audios o videos de cadáveres de mujeres, niñas, niños, adolescentes o personas con discapacidad; y cuando el delito sea cometido por persona servidora pública integrante de cualquier institución de seguridad pública o de impartición o procuración de justicia, las penas se incrementarán hasta en una tercera parte.

La llamada Ley Ingrid surgió a raíz de la difusión indebida en redes sociales y medios de comunicación, de las imágenes del cuerpo mutilado de una mujer a manos de su pareja, cuyo feminicidio ocurrió en la Ciudad de México el 9 de febrero 2020, y la divulgación masiva que indignó a la sociedad y exigió que pararan las filtraciones del expediente de la Fiscalía.

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