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Cuando un río pertenece a todos... y nadie puede protegerlo

La propuesta de reforma ambiental abre el debate sobre si el nuevo marco legal será capaz de responder a los desafíos de gobernanza en territorios donde convergen distintas competencias públicas.

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El Colef El Colegio de la Frontera Norte

por El Colef

30/06/2026 20:25 / Uniradio Informa / Columnas / Actualizado al 30/06/2026

Yeminá Samaniego*

La discusión sobre la nueva Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente ha puesto sobre la mesa temas indispensables: restauración ecológica, participación ciudadana, justicia ambiental y nuevas herramientas para enfrentar la degradación de nuestros ecosistemas. Sin embargo, hay una pregunta que merece ocupar un lugar central: ¿está preparada esta reforma para gobernar los territorios donde las competencias públicas se superponen?

Los ríos urbanos son quizá el mejor ejemplo de ese desafío. En México, un río puede ser, al mismo tiempo, un cauce federal bajo la administración de la Comisión Nacional del Agua, un ecosistema de alto valor ambiental, un espacio público para la ciudad, un corredor biológico y una pieza clave para la gestión del riesgo ante inundaciones. Es un solo territorio, pero sobre él convergen autoridades, leyes e instituciones con objetivos distintos.

Paradójicamente, el problema no siempre es la ausencia de instrumentos de conservación. Existen categorías de áreas naturales protegidas en la legislación federal y en muchas legislaciones estatales. Lo verdaderamente complejo aparece cuando esos instrumentos deben aplicarse sobre espacios profundamente intervenidos por la ciudad y sujetos a distintos regímenes jurídicos.

El río Santa Catarina, en Monterrey, ilustra con claridad esta situación. Su cauce es un bien nacional cuya administración corresponde a la Federación. Al mismo tiempo, constituye uno de los principales corredores ecológicos de la zona metropolitana y un espacio estratégico para la biodiversidad, la regulación climática y la calidad de vida urbana. Pensar su conservación exige necesariamente la participación de autoridades federales, estatales y municipales, además de la sociedad civil.

Durante décadas, el derecho ambiental fue diseñado pensando en ecosistemas relativamente delimitados y con menores niveles de intervención humana. Hoy los conflictos ambientales más relevantes ocurren en territorios híbridos: ríos urbanos, humedales metropolitanos, corredores periurbanos y paisajes donde infraestructura y naturaleza conviven de manera permanente. Estos espacios requieren algo más que categorías tradicionales de protección; necesitan mecanismos institucionales capaces de articular competencias que hoy funcionan de manera fragmentada.

La nueva legislación ambiental representa una oportunidad para avanzar en esa dirección. El reto no implica la simple creación de nuevas etiquetas jurídicas, estamos en momento que ocupa reglas de operación robustas, de establecer instrumentos claros de coordinación entre las autoridades ambientales, hídricas y territoriales cuando se trate de ecosistemas estratégicos sujetos a competencias concurrentes. No se trata de sustituir las atribuciones de ninguna institución, sino de construir procedimientos compartidos para planear, restaurar y conservar.

En un contexto de cambio climático, urbanización acelerada y creciente presión sobre los recursos hídricos, los ríos urbanos ya no pueden entenderse únicamente como infraestructura hidráulica ni exclusivamente como espacios naturales. Son ambas cosas al mismo tiempo, y el derecho debe aprender a gobernarlos desde esa complejidad.

Sin duda, el mayor reto de la nueva LGEEPA no será crear más instrumentos de protección, recae, en cambio, en ofrecer mejores herramientas para que las instituciones dejen de actuar como si cada una administrara un territorio distinto. Porque el río nunca deja de ser uno. Somos nosotros quienes lo dividimos mediante fronteras administrativas que la naturaleza nunca reconoció.

* Profesora-Investigadora en El Colef